Versión preliminar del plan de gestión de residuos industriales de Castilla – La Mancha y su informe de sostenibilidad ambiental

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Se encuentra disponible para la consulta pública, durante 45 días desde el 15/01/2013, la versión preliminar del Plan de Gestión de Residuos Industriales de Castilla-La Mancha y su Informe de Sostenibilidad Ambiental (exp. PLA-SC-12-0236).

Durante el plazo indicado se encontrará a disposición de cuantos quieran examinarlo en la Dirección General de Calidad e Impacto Ambiental de la Consejería de Agricultura en C/ Quintanar de la Orden, s/n, de Toledo.

 

La documentación también puede ser consultada en este enlace, introduciendo en el apartado «planes» la referencia del expediente: PLA-SC-12-0236.

PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS INDUSTRIALES

La finalidad del Plan, es promover una política adecuada en la gestión de los residuos industriales en Castilla – La Mancha, disminuyendo su generación e impulsando un correcto tratamiento de los mismos: prevención, reutilización, reciclaje, valorización y eliminación. Así mismo, el Plan debe estar en consonancia y coordinado con la Estrategia del Cambio Climático de Castilla – La Mancha, que entre sus objetivos se encuentra el de mitigación del cambio climático a través de la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de los sectores difusos, entre los que se encuentra el sector residuos.
El presente Plan abarca el periodo comprendido entre el año 2012 y el 2020.
No obstante, el carácter abierto y flexible del Plan permite ampliar su vigencia más allá del periodo señalado, por lo que su vigencia se considera indefinida, con independencia de las revisiones del modelo de gestión que se deriven de la aparición de nueva normativa.
Los residuos industriales se dividen según su naturaleza en Peligrosos y NO Peligrosos. A los efectos del presente Plan, y según la legislación ambiental vigente, tendrán la consideración de:
  • Residuo industrial peligroso (RIP): aquel residuo que presenta una o varias de las características peligrosas enumeradas en el anexo III de la ley 22/2011, y aquél que pueda aprobar el Gobierno de conformidad con lo establecido en la normativa europea o en los convenios internacionales de los que España sea parte, así como los recipientes y envases que los hayan contenido.
Los residuos peligrosos, se encuentran catalogados como tal, y pueden consultarse, en la Lista Europea de Residuos (Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, y sucesivas actualizaciones.
Los productores de residuos peligrosos se clasifican en:
  • Grandes productores: las actividades o instalaciones que generen anualmente 10.000 kilogramos o más de residuos peligros.
  • Pequeños productores: las actividades o instalaciones que generen anualmente menos de 10.000 kilogramos de residuos peligrosos.
Los productores de residuos peligrosos están obligados a entregarlos a un gestor de residuos autorizado, siempre que no procedan a gestionarlos por si mismos, para su valorización o eliminación.
  • Residuo industrial no peligroso (RNIP): aquel residuo que se deriva de actividades productivas y se generan en las industrias, siempre que no aparezca como peligroso en la Lista Europea de Residuos (LER), excluidos los similares a residuos domésticos que se generen en servicios o industrias.
Dentro de este apartado, también se van a incluir los Lodos de Depuradora generados en Castilla – La Mancha. El Plan de Gestión de Lodos Producidos en las Estaciones Depuradoras de Castilla – La Mancha, finaliza en 2012, por lo que aunque este tipo de residuos no está catalogado como un residuo industrial, se considera oportuno tratarlos de manera específica dentro del Plan de Residuos Industriales, en aras de una simplificación de los Planes.
La generación de residuos industriales en Castilla-La Mancha en el año 2010 ha sido de 125.831,51 toneladas de residuos peligrosos y sobre 1, 5 millones de toneladas de residuos no peligrosos.

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