En el Boletín Oficial del Estado nº 10 de 12 de enero de 2011 se ha publicado la Resolución de 22 de diciembre de 2010 de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, por la que se somete la versión preliminar del Plan Estratégico del Patrimonio Natural y la Biodiversidad y su Informe de Sostenibilidad Ambiental a un período de información pública.
La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad crea el Plan Estratégico Estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, cuya finalidad es el establecimiento y la definición de objetivos, criterios y acciones que promuevan la conservación, el uso sostenible y la restauración del patrimonio natural y la biodiversidad. De este modo, el Plan Estratégico – que se aprobará por Real Decreto- se configura como el instrumento de referencia para la planificación de la política de conservación de la biodiversidad en España en sentido amplio.
El Plan Estratégico describe su marco de referencia – basado en los principales instrumentos de conservación de la biodiversidad internacionales, comunitarios y nacionales -; establece una serie de principios para su aplicación, diagnostica la situación de la biodiversidad y el patrimonio natural y define una serie de metas, objetivos y acciones a desarrollar por la Administración General del Estado para promover la conservación, el uso sostenible y la restauración de la biodiversidad y el patrimonio natural. Cuenta, además, con un programa de seguimiento que permitirá evaluar el logro de sus objetivos durante su período de vigencia de seis años.
Por tanto, se somete la versión preliminar del Plan Estratégico del Patrimonio Natural y la Biodiversidad y su Informe de Sostenibilidad Ambiental a los trámites de información pública y de consulta.
Esta consulta se dirige tanto al público en general como a las personas físicas o jurídicas que se consideren interesadas, de acuerdo con el artículo 31 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo para la presentación de observaciones y alegaciones es de 45 días hábiles contando desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Los documentos citados se encuentran a disposición del público en el siguiente enlace:
Asimismo, se dispone de ejemplares impresos para su consulta en la Subdirección General de Biodiversidad, C/ Ríos Rosas, 24. 28003 Madrid.
Las observaciones y alegaciones deben dirigirse a la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal por medio de la dirección de correo electrónico incluida en el enlace citado. Asimismo se podrán presentar en el Registro General del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, Plaza de San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid, o en los registros a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.