Régimen aplicable a los suelos contaminados B.O.J.A. nº 38 de 25/02/2015
Andalucía publica su nuevo reglamento de suelos contaminados. Este Reglamento actualiza y completa la normativa de suelos en la Comunidad Andaluza. Se definen los contenidos mínimos que deben integrar los estudios de caracterización de los suelos y la valoración de riesgos para la salud humana. Decreto 18/2015, de 27 de enero, por el que se aprueba el reglamento que regula el régimen aplicable a los suelos contaminados (B.O.J.A. nº 38 de 25/02/2015). Este Reglamento será de aplicación a los suelos ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía sobre los que se haya desarrollado o desarrolle una actividad potencialmente contaminante del suelo, regulados en el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, o norma que lo sustituya, así como aquellos suelos que pudieran haber sido afectados indirectamente por el desarrollo de dicha actividad.
Los principales objetivos que regula este Reglamento son:
- La creación de diferentes herramientas de gestión y planificación, como los Inventarios de suelos potencialmente contaminados y de suelos contaminados, el Programa andaluz de suelos contaminados, así como la coordinación de los planeamientos y desarrollos urbanísticos en relación con la calidad del suelo.
- Se identifican las obligaciones de las personas o entidades titulares de actividades potencialmente contaminantes del suelo y de los propietarios de los suelos que las soportan, haciendo especial mención a los supuestos de actividades de nueva implantación, modificación o cese de las existentes, de acuerdo con el Real Decreto 9/2005.
- Aborda los distintos procedimientos administrativos derivados del seguimiento de las actividades potencialmente contaminantes del suelo, que pueden derivar en la declaración del suelo como contaminado y su ulterior descontaminación y desclasificación.
- Se definen los procedimientos para la declaración de un suelo como contaminado; de aprobación y seguimiento del proyecto de descontaminación; y de desclasificación de un suelo como contaminado.
- Se especifican los requisitos que deben cumplir las empresas que realicen trabajos consistentes en estudios de calidad y descontaminación de suelos.
- Se establecen contenidos mínimos que deben integrar los estudios de caracterización de los suelos y la valoración de riesgos para la salud humana, en aquellos casos en los que se considere necesaria.
- Se definen los Niveles Genéricos de Referencia para elementos traza en la Comunidad Autónoma de Andalucía.