Modifica los anexos IV y V de la Directiva 2004/107/CE y los anexos I, III, VI y IX de la Directiva 2008/50/CE.
El anexo IV de la Directiva 2004/107/CE establece unos objetivos de calidad de los datos que se actualizan para conseguir una mayor claridad.
El anexo V de la Directiva 2004/107/CE establece los métodos de referencia para la evaluación de las concentraciones, métodos que se actualizan a fin de reflejar la evolución de las normas pertinentes.
La sección C del anexo I de la Directiva 2008/50/CE establece los criterios para la garantía de calidad de la evaluación de la calidad del aire ambiente, que se clarifican y completan teniendo en cuenta los programas de garantía de calidad organizados por el Centro Común de Investigación de la Comisión e introduciendo la obligación de revisar el sistema de control de la calidad para garantizar la exactitud constante de los dispositivos de vigilancia.
Las secciones C y D del anexo III de la Directiva 2008/50/CE establecen criterios para la ubicación de los puntos de muestreo, criterios que se clarifican y completan a la luz de la experiencia adquirida en la aplicación de la Directiva.
La sección A del anexo VI de la Directiva 2008/50/CE establece los métodos de referencia para la medición de algunos contaminantes, métodos que se adaptan a la luz de la experiencia adquirida en la aplicación de la Directiva y teniendo en cuenta las normas más recientes de muestreo y medición de partículas.