La Comunidad Valenciana ha publicado varios nuevos modelos autoliquidación y pagos fraccionados del impuesto sobre actividades que inciden en el medio ambiente, que fue aprobado como mecanismo de compensación a la sociedad por el coste medioambiental generado por determinadas actividades y como instrumento destinado a frenar el deterioro del entorno natural.
Este impuesto se estableció mediante la Ley 10/2012, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat.
El hecho imponible del impuesto está constituido por los daños, impactos, afecciones y los riesgos para el medio ambiente derivados de la realización, en el territorio de la Comunitat Valenciana, de las actividades de: producción de energía eléctrica; producción, tenencia, depósito, y almacenamiento de determinadas sustancias consideradas peligrosas y las que supongan la emisión de determinados gases contaminantes a la atmósfera.
La experiencia de la gestión de estos impuestos desde su implantación aconseja la introducción de algunas modificaciones en la información a incluir en determinados modelos de autoliquidación para su cumplimentación por los contribuyentes.
Por tanto, se aprueban los siguientes nuevos modelos:
- Modelo 641 «Impuesto sobre actividades que inciden en el medio ambiente. Producción energía eléctrica. Pagos fraccionados»
- Modelo 642 «Impuesto sobre actividades que inciden en el medio ambiente. Producción energía eléctrica. Autoliquidación»
- Modelo 643 «Impuesto sobre actividades que inciden en el medio ambiente. Producción, tenencia, depósito y almacenamiento de determinadas sustancias consideradas peligrosas. Pagos fraccionados»
- Modelo 644 «Impuesto sobre actividades que inciden en el medio ambiente. Producción, tenencia, depósito y almacenamiento de determinadas sustancias consideradas peligrosas. Autoliquidación»
- Modelo 645 «Impuesto sobre actividades que inciden en el medio ambiente. Emisión de determinados gases contaminantes. Pagos Fraccionados»
- Modelo 647 «Impuesto sobre actividades que inciden en el medio ambiente. Emisión de determinados gases contaminantes. Autoliquidación»
La cumplimentación y presentación de los modelos objeto de la presente orden se efectuará obligatoriamente por vía telemática. El pago del tributo podrá efectuarse de manera telemática o mediante ingreso en cualquiera de las entidades colaboradoras en la recaudación de los tributos de la hacienda de la Generalitat Valenciana.
Queda derogada la Orden 14/2012, de 26 de diciembre, del conseller de Hacienda y Administración Pública, por la que aprueban los modelos de autoliquidación del impuesto sobre actividades que inciden en el medio ambiente.