La disminución se aplicará a las cuotas por contingencias profesionales y afectará a las empresas que hayan disminuido de manera considerable los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que regula el sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral.
La nueva normativa beneficiará a las empresas al agilizar y simplificar el proceso de solicitud, reconocimiento y abono del incentivo, e implantar un sistema objetivo centrado en el comportamiento de la siniestralidad. Además, se incentiva la adopción de medidas y procesos por parte de las empresas que contribuyan de manera eficaz a la reducción de accidentes o enfermedades profesionales.
La cuantía del incentivo será del 5% del importe de las cuotas por contingencias profesionales de cada empresa correspondientes al periodo de observación, con posibilidad de reconocer un incentivo adicional del 5%.
La financiación irá a cargo al Fondo de Contingencias Profesionales de la Seguridad Social. El volumen máximo de los recursos a disposición de las mutuas en cada ejercicio económico para este fin será del 3% del saldo de dicho Fondo.
Como requisitos para beneficiarse de la reducción en las cuotas, se exige el cumplimiento de los índices de siniestralidad general y siniestralidad extrema, una declaración responsable del cumplimiento de determinadas obligaciones por parte del empresario e informar de la solicitud de los incentivos a los delegados de prevención.
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