Este decreto tiene por objeto regular el potencial de producción vitícola de la Comunidad Autónoma de Galicia, contribuyendo a su ordenación territorial, en el marco de la reglamentación del sector vitivinícola en la UE y de la normativa básica estatal, fundamentalmente en lo que atañe:
a) Al sistema de derechos de plantación de viñedo.
b) A las plantaciones ilegales de viñedo.
c) A la gestión y el control del potencial productivo en el sector vitivinícola mediante el Registro Vitícola de Galicia (RVG).
d) A la viticultura y su desarrollo sostenible.
b) A las plantaciones ilegales de viñedo.
c) A la gestión y el control del potencial productivo en el sector vitivinícola mediante el Registro Vitícola de Galicia (RVG).
d) A la viticultura y su desarrollo sostenible.
Las disposiciones contenidas en este decreto son necesarias para el seguimiento de la evolución del potencial productivo y serán de aplicación únicamente a las plantaciones destinadas a la producción de uva de vinificación y al cultivo de viñas madres de injertos en el territorio gallego.