Regulación del movimiento de residuos
En 2015, tras la publicación del Real Decreto 180/2015, en la Disposición Adicional Segunda de la mencionada norma, se establecía de plazo hasta el 7 de mayo de 2016 para que las Comunidades Autónomas regulasen en sus territorios el movimiento de residuos.
El Real Decreto 180/2015 establecía en su Disposición adicional segunda los Movimientos de residuos en el interior de una comunidad autónoma.
«Para garantizar el adecuado cumplimiento de lo establecido en el artículo 33 del Reglamento (CE) n.º 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos, las comunidades autónomas establecerán un régimen adecuado de vigilancia y control de los movimientos de residuos realizados exclusivamente dentro de su territorio en el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de este real decreto o bien podrán optar por aplicar directamente en su territorio este real decreto. Las comunidades autónomas informarán a la Comisión de coordinación en materia de residuos del régimen de vigilancia y control que establezcan en su territorio.
Este régimen deberá tener en cuenta la coherencia con el régimen de traslados establecido en este real decreto. En particular, el régimen aplicable a los movimientos de residuos en el interior de una comunidad autónoma incluirá, al menos, la exigencia para todos los movimientos de residuos de: un documento de identificación que acompañe a estos, un contrato de tratamiento de residuos, así como una notificación previa en los supuestos del artículo 3.2 del presente real decreto a los efectos de la oposición a su tratamiento en la comunidad autónoma cuando carezca de instalaciones adecuadas en su territorio o se haya previsto en sus planes de residuos una solución alternativa a su tratamiento en el mismo.»
A fecha actual muchas Comunidades Autónomas han colgado en sus páginas webs notas explicativas sobre la aplicación de esta normativa en sus territorios y, en la mayoría de los casos, establecen el mismo régimen de gestión que el establecido para los traslados de residuos entre diferentes Comunidades Autónomas.
De manera informativa, recogemos en este artículo la información de la que disponemos:
Andalucía
En el apartado documentación se puede ver una nota informativa explicando el caso concreto de traslados de residuos de Andalucía.
Y para más información, se debe consultar cada elemento.
- Notificación previa de traslado de residuos de Andalucía
- Documento de Identificación de Andalucía
- Contrato de tratamiento de la Junta de Andalucía
Aragón
Se dispone en Aragón de un Proyecto de Decreto de movimiento de residuos que regulará los movimientos de residuos dentro de Aragón. A la espera de su publicación oficial.
Principado de Asturias
El Principado se acoge a lo establecido en el Real Decreto 180/2015 y prevé incluir un comunicado en su página web.
Islas Baleares
La Comunidad autónoma de las Islas Baleares no ha establecido un régimen propio por lo que se debe aplicar directamente en su territorio el Real Decreto 180/2015.
Canarias
Hasta tanto se apruebe el reglamento que regule el movimiento de residuos en el interior de esta Comunidad Autónoma en aplicación de lo previsto en el Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado, se estará a lo previsto en el régimen transitorio que indican en la página del Gobierno de Canarias.
Cantabria
En la comunidad Autónoma de Cantabria se ha optado por aplicar directamente el Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo, por lo que tanto los traslados de residuos intercomunitarios (con origen o destino otra Comunidad Autónoma) como los traslados intracomunitarios (origen y destino dentro de la Comunidad Autónoma de Cantabria) estarán sometidos a lo dispuesto en este Real Decreto.
Castilla la Mancha
En Castilla La Mancha, en virtud de la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto 180/2015, se aplicará directamente lo establecido en dicho Real Decreto. En breve esta información será publicada en la página web de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha.
Castilla León
No disponemos de datos.
Cataluña
En su página web existe una nota informativa relativa a la aplicación en Cataluña del Real Decreto por el que se regula el traslado de residuos.
Comunidad Valenciana
De momento y hasta que el Ministerio, que es el competente no de instrucciones seguirán como hasta ahora, cuando se produzca la adaptación informarán con antelación desde su web y desde la plataforma ADCR 2.0.
Extremadura
La Comunidad Autónoma de Extremadura ha optado por aplicar directamente en su territorio el Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo, y así se lo ha comunicado a la Comisión de coordinación en materia de residuos.
Galicia
En el momento que esté disponible el nuevo procedimiento aparecerá indicado en la sección de noticias del portal SIRGA Sistema de Información de Residuos de Galicia (http://sirga.cmati.xunta.es/portada) y los nuevos documentos estarán disponibles en la plataforma GAIA.
La Rioja
El régimen de traslados de residuos en el interior de la Comunidad Autónoma de La Rioja viene regulado en las ordenes 32/2001, de 27 de diciembre, del consejero de turismo y medio ambiente, por la que se regulan los documentos de control y seguimiento para la recogida y gestión de residuos no peligrosos y 1/2002, de 21 de enero, del consejero de turismo y medio ambiente, por la que se regulan los documentos de control y seguimiento a emplear para la recogida de pequeñas cantidades de residuos peligrosos.
Por ello, para los traslados de residuos en el interior de la Comunidad Autónoma de La Rioja el régimen jurídico aplicable es el establecido en las mencionadas órdenes.
Comunidad de Madrid
En la Comunidad de Madrid es de aplicación lo dispuesto en el vigente Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.
Región de Murcia
En la Región se aplican los cambios Real Decreto 180/2015 para los movimientos de residuos dentro de la comunidad autónoma de la Región de Murcia.
Navarra
Gobierno de Navarra se va a acoger a lo dispuesto en el RD 180/2015, no publicando de momento ninguna normativa al respecto. Vamos a sacar una nota de la Dirección en este sentido esta semana.
País Vasco
Nueva información incluida en la página web del Gobierno Vasco establece que los traslados de residuos dentro de su Comunidad Autónoma se regularán también por el Real Decreto 180/2015.
Tabla resumen de traslados de residuos del País Vasco
Más información sobre el traslado de residuos dentro del País Vasco
(La información aquí recogida es meramente informativa y puede variar en un plazo relativamente corto, le recomendamos consultar en su Comunidad Autónoma los trámites obligatorios para el momento actual).