Publicada en el BOE del 31/08/2023 una nueva modificación del Reglamento de Dominio Público Hidráulico (DPH) a través el Real Decreto 665/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico. Con esta modificación se busca, por un lado, la simplificación administrativa y la digitalización en su gestión y que, por otro lado, actualice el marco normativo a las nuevas presiones existentes sobre la gestión del DPH y, en particular, del agua para el consumo humano.
El Real Decreto 665/2023 apuesta por la simplificación administrativa y por la digitalización en su gestión. Por otro, actualiza el marco normativo a las nuevas presiones existentes sobre la gestión del DPH y, en particular, del agua para el consumo humano.
Principales aspectos modificados del Reglamento de Dominio Público Hidráulico
Desde su aprobación por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, el Reglamento del Dominio Público Hidráulico ha sido objeto de varias modificaciones. A continuación, explicamos los principales aspectos que cambian en la última modificación:
Simplificación del régimen de autorización
Somete a declaración responsable actividades como la corta, poda y retirada de árboles; la retirada de escombros; obras de reparación o mantenimiento infraestructuras que no supongan cambios en su sección, etc.
Cultivos forestales
Se permiten las plantaciones en DPH, siempre que sea compatible con la conservación y protección ambiental de los cauces. Por otro lado, se da mayor seguridad jurídica a los colindantes en los trabajos de delimitación cartográfica del DPH a realizar por los organismos de cuenca. Además, se establece que los estudios técnicos de delimitación cartográfica deben someterse a información pública y que se debe dar traslado del contenido de los mismos a los ayuntamientos antes de proceder a su aprobación.
Cánones
Se definen los criterios para determinar cuándo se produce una ocupación del DPH y cuando una utilización del mismo, de forma que se establece un criterio común que ahora mismo no es de aplicación homogénea en cada organismo de cuenca.
Simplificación de tramitación de vertidos
Se establece un régimen simplificado de la tramitación de los vertidos de aguas residuales de escasa entidad, que se definen como aquellos vertidos de aguas residuales domésticas sin posibilidad de formar parte de una aglomeración urbana en los términos del Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, siempre que no excedan de 50 habitantes-equivalentes.
Normas para Entidades colaboradoras de la administraciones hidráulicas
Se establecen unas normas generales sobre las entidades colaboradoras de las administraciones hidráulicas.
Actividad agrícola
Inclusión de medidas específicas encaminadas a evitar el deterioro de las aguas como consecuencia de la actividad agrícola en coordinación con la normativa sectorial agraria, lo que supone un hito importante en la protección de las aguas frente a las fuentes difusas de contaminación.
Aguas de consumo humano
Mejora en la definición e implantación de los perímetros de protección de las captaciones de agua de consumo humano.
Aguas subterráneas
En primer lugar, medidas de protección de las masas de agua subterránea declaradas en riesgo de no alcanzar el buen estado. Por otro lado, criterios y procedimiento administrativo para el establecimiento de perímetros de protección. También disposiciones para autorizar el vertido de aguas residuales; medidas de actuación frente a episodios de contaminación puntual; y criterios para valorar los daños causados por contaminación.
Riesgo de inundación
Planificación y gestión del riesgo de inundación: esta modificación desarrolla y mejora el régimen normativo existente; se realizan determinados ajustes en materia de limitaciones en los usos del suelo en zonas inundables.
Gestión de vertidos por desbordamiento
Gestión de los vertidos por desbordamiento del sistema de saneamiento en episodios de lluvia en las ciudades: se fomenta la digitalización de la gestión y se priorizan las medidas preventivas frente a las correctivas, actuando en origen.
Normas técnicas de seguridad en presas y embalses
Se actualizan y mejora determinados aspectos en la tramitación de las normas técnicas de seguridad de presas, embalses y balsas.
Aglomeraciones urbanas que deben elaborar los planes integrales de gestión del sistema de saneamiento
Antes del 31/08/2024, los órganos competentes elaborarán el inventario de aglomeraciones urbanas que deben realizar los planes integrales de gestión del sistema de saneamiento. Este inventario reflejará igualmente las aglomeraciones urbanas de más de 50.000 habitantes que deben realizar estos planes. Posteriormente, este inventario se revisará cada cinco años.
Reforma del Real Decreto 9/2005: Representación de las Administraciones
Este Real Decreto también incluye cambios en el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
La reforma del Real Decreto 9/2005, permite establecer grupos de trabajo constituidos por la representación de las administraciones con competencias en materia de aguas y de suelos contaminados. Aquí podemos consultar las últimas modificaciones sobre esta normativa de suelos.
Para conocer el resto de novedades, consulte aquí el Real Decreto 665/2023.
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