Las inspecciones de eficiencia energética se realizarán de manera independiente por las entidades o agentes cualificados o acreditados por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, elegidos libremente por el titular de la instalación de entre los habilitados para realizar estas funciones.
A partir del 13 de noviembre de 2013 se deberá utilizar el modelo oficial normalizado del certificado de inspección periódica de eficiencia energética de instalaciones térmicas en Islas Baleares que figura como anexo en esta Resolución, y que se encuentra publicado en la página web http://industria.caib.es.