Procedimiento para solicitar el registro y autorización para operadores de empresas alimentarias
La presente Orden tiene por objeto establecer el procedimiento que han de seguir los operadores de empresa alimentaria para solicitar el registro y en su caso la autorización, de las empresas y establecimientos alimentarios ubicados en el territorio de Cantabria, y de aquellas empresas alimentarias sin establecimiento con domicilio social en Cantabria.
Se establece también el procedimiento para la inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, en lo sucesivo RGSEAA, de empresas, establecimientos y productos alimenticios, de conformidad con lo previsto en el citado Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero.
Asimismo se establece el procedimiento de comunicación a la Agencia Española de seguridad Alimentaria y Nutrición de la primera puesta en el mercado nacional de productos alimenticios, cuando su normativa especí? ca así lo disponga y el responsable de la primera comercialización tenga el domicilio social en Cantabria.
Quedan excluidos del ámbito de aplicación de la presente Orden, los operadores de empresa alimentaria que desempeñen sus actividades en la producción primaria y operaciones conexas, contempladas en el Anexo I del Reglamento (CE) Nº 852/2004, de 29 de abril, y la venta ambulante, regulada en el Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria.