Proyecto de Real Decreto sobre accidentes graves (SEVESO III).

Proyecto de Real Decreto sobre accidentes graves (SEVESO III). 150 150 Prisma

Protección Civil ha publicado en su página web el proyecto de normativa para incorporar la Directiva SEVESO III al ordenamiento jurídico español.

Protección Civil ha publicado en su página web el proyecto de normativa para incorporar la Directiva SEVESO III al ordenamiento jurídico español. La Directiva SEVESO obliga a los países europeos a identificar las zonas industriales con riesgos y a adoptar las medidas apropiadas para prevenir los accidentes graves en los que estén implicadas sustancias peligrosas y limitar sus consecuencias para el hombre y para el medio ambiente. El objetivo de esta directiva es garantizar altos niveles de protección en toda la Unión Europea.

Se entiende como accidente grave: un hecho, como una emisión, un incendio o una explosión importantes, que resulte de un proceso no controlado durante el funcionamiento de cualquier establecimiento al que se aplique la presente Directiva, que suponga un peligro grave, ya sea inmediato o diferido, para la salud humana o el medio ambiente, dentro o fuera del establecimiento, y en el que intervengan una o varias sustancias peligrosas.

Las disposiciones del nuevo SEVESO III debían ser aplicables desde el 1 de junio de 2015, sin embargo todavía está en proyecto el Real Decreto que lo desarrolla.

Entre las principales novedades de este Real Decreto en proyecto se encuentra:

  • ADAPTACIÓN AL REGLAMENTO CLP: este real decreto presenta cambios importantes, como es la alineación de las categorías de sustancias de su Anexo I con las correspondientes al nuevo sistema europeo de clasificación de sustancias y mezclas. Asimismo, se incluye un mecanismo de corrección de este anexo para prever las posteriores adaptaciones al sistema de clasificación que pudieran repercutir sobre sustancias para las que se demuestre que no presentan un riesgo de accidente grave.
  • MEJORA DE LA PARTICIPACIÓN PÚBLICA: Se refuerzan las disposiciones relacionadas  con el acceso del público a la información sobre la aplicación del Real Decreto, con la participación efectiva del público interesado en la toma de decisiones y con los derechos del público a interponer recurso ante la justicia. Todo ello en conformidad con la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.
  • PROGRAMA DE INSPECCIONES «IN SITU»: entre los cambios se incluye la obligación del estado de disponer de un programa de inspecciones en los establecimientos afectados e impone la obligación de realizar inspecciones in situ anuales a los establecimientos con mayor riesgo en caso de accidente (umbral superior) y cada tres años al resto (umbral inferior). En lo que respecta a las inspecciones de los establecimientos afectados por este real decreto, se introducen criterios más estrictos, a fin de asegurar el cumplimiento de las normas de seguridad, así como una implantación efectiva de las medidas de control consideradas
  • NUEVAS SUSTANCIAS:  actualiza las actividades y sustancias que estarán afectadas por la nueva normativa, siendo mayor el número de empresas que estarán ahora sometidas a las obligaciones de SEVESO.

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