A consulta pública el proyecto por el que se desarrolla la plataforma electrónica de gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos y la oficina de asignación de recogida de estos residuos.

A consulta pública el proyecto por el que se desarrolla la plataforma electrónica de gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos y la oficina de asignación de recogida de estos residuos. 6016 4016 Prisma

Sale a consulta pública el proyecto por el que se desarrolla la plataforma electrónica de gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAAE) y la oficina de asignación de recogida de estos residuos

Se somete a audiencia pública del proyecto de orden ministerial, por la que se desarrolla la plataforma electrónica de gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos y la oficina de asignación de recogidas de estos residuos.

¿Cuál es su principal objetivo?

La finalidad de esta norma es el desarrollo de los dos instrumentos creados por el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE): la plataforma electrónica de gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, y la oficina de asignación de recogidas de estos residuos.

Entre sus principales objetivos destacan:

  • Definir las funciones y objetivos de estos instrumentos, cuyo desarrollo era necesario que estuviera amparado en una orden ministerial.
  • Indicar quiénes son los usuarios de ambas herramientas, así como sus distintas obligaciones.
  • Establecer la obligatoria incorporación a la plataforma electrónica de los distintos agentes participantes en el ciclo de recogida y gestión de estos residuos, de acuerdo con un calendario progresivo.

Desarrollo de la plataforma

La plataforma electrónica será el instrumento que permita conocer la cantidad y la situación de todos los RAEE. Asimismo, garantizará la trazabilidad a lo largo de su ciclo de gestión, independientemente de su financiación.

Esta herramienta electrónica se nutre principalmente de los datos de entradas y salidas de RAEE que se registran en cada una de las instalaciones por las que van pasando estos residuos. Entre sus funciones más importantes destaca facilitar la información sobre los RAEE generados y los RAEE gestionados dentro del territorio español, así como los trasladados para su gestión a la Unión Europea y a terceros países.

Todo ello permitirá ejercer las competencias de vigilancia, supervisión y control, además de posibilitar el suministro de información y de control del cumplimiento de los objetivos comunitarios de recogida y de valorización de RAEE.

Calendario de incorporación a la plataforma

La incorporación de los distintos operadores de la plataforma electrónica se realizará de forma progresiva según los distintos perfiles, de acuerdo con el siguiente calendario:

  • Los gestores de residuos vinculados a la recogida, el almacenamiento o el tratamiento específico de RAEE y los centros de preparación para la reutilización cumplirán lo estipulado en esta orden ministerial desde su fecha de entrada en vigor.
  • Los distribuidores de aparatos eléctricos y electrónicos cumplirán lo establecido en esta orden ministerial desde el 1 de enero de 2020.
  • Las Entidades Locales incluirán dentro de los planes de adaptación al Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, un calendario de implantación de las obligaciones vinculadas a la plataforma electrónica. La fecha límite para registrarse en la plataforma electrónica será el 30 de junio de 2020.

Previamente, los operadores implicados en la gestión de RAEE deberán solicitar el alta en la herramienta con carácter previo a las fechas de obligatoria y progresiva incorporación en la herramienta.

Oficina de asignación

La segunda herramienta que plantea este proyecto de orden ministerial es la oficina de asignación, cuyo principal objetivo es garantizar la recogida de los RAEE en todo el territorio, bajo la responsabilidad ampliada del productor.

La oficina de asignación reparte entre los sistemas de responsabilidad ampliada del productor la organización (en nombre del operador del traslado) del traslado de los RAEE desde los puntos donde se lleva a cabo la recogida y acopio, hasta su destino final.

La correcta conexión entre la plataforma electrónica y la oficina de asignación se asegurará a través mecanismos informáticos que garanticen la transmisión de información entre las dos herramientas.

El plazo para remitir sugerencias y alegaciones comienza el 21 de diciembre de 2018 y finaliza el 31 de enero de 2019, ambos inclusive.

El borrador de esta orden ministerial ya se puede consultar en la web del Misterio para la Transición Ecológica (MITECO).

Ley sobre Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos

El Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2012/19/UE, del Parlamento Europeo y del Consejos, de 4 de julio, así como los aspectos novedosos incluidos en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

Desde el 15 de agosto de 2018, se ha ampliado el ámbito de aplicación de este Real Decreto, ya que se han pasado de diez categorías a siete (seis más la específica de paneles fotovoltaicos) y se han excluido los aparatos que forman parte de otros aparatos excluidos (por ejemplo, aquellos instalados en vehículos).

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