Participación pública en el nuevo Plan de mejora de la calidad del aire de Palma

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El nuevo Plan de mejora de calidad del aire de Palma (PMQAP) se elabora como actualización del anterior Plan de 2008 y contempla medidas que se desarrollarán entre el año 2011 y el año 2015, motivado, entre otros, por las sucesivas superaciones del valor límite anual para la protección de la salud humana del NO2.
Se establece un plazo de 30 días naturales, a contar desde el 23 de enero de 2013, para que las personas interesadas puedan presentar comentarios, observaciones y  sugerencias al borrador del Plan de mejora de la calidad del aire de Palma.

Nuevo plan de mejora de la Calidad del Aire de Palma

Este Plan de mejora de calidad del aire de Palma (PMQAP) es la actualización del anterior Plan de 2008 y contempla medidas a desarrollar entre los años 2011 y 2015.

La principal motivación que ha llevado al diseño de este nuevo Plan son las superaciones del valor límite anual para la protección de la salud humana, para el contaminante dióxido de nitrógeno, NO2, en la zona de Palma, durante los años 2010 y 2011.

Se trata de la misma superación que provocó la elaboración del anterior Plan 2008. Aunque se ha producido una mejora de la calidad del aire durante estos años, no ha sido suficiente para poder cumplir con los límites establecidos para el año 2010 por la Unión Europea.

Desde la Dirección General de Medi Natural, Educació Ambiental i Canvi Climàtic de la Conselleria d’Agricultura, Medi Ambient i Territori, en colaboración con las  Direcciones Generales de Transport, de Salut Pública i Consum, así como de la Dirección Insular de Carreteres del Consell de Mallorca, y de las Concejalías de Medi Ambient, de Mobilitat i de Infraestructures del Ayuntamiento de Palma, se ha elaborado este documento PMQAP 2011-2015 en cumplimiento del artículo 16 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del aire y protección de la atmósfera, que regula los Planes y programas para la protección de la atmósfera y para minimizar los efectos negativos de la contaminación atmosférica.

Según lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 34/2007, estos Planes deben garantizar la participación pública en los términos previstos en los artículos 16 y 17 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, que regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

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