ORDEN de 16 de abril de 2012, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se dictan normas en relación con el Reglamento de Seguridad para instalaciones frigoríficas (RIF).
El Real Decreto 138/2011, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias, ha venido a sustituir al Real Decreto 3099/1977, de 8 de septiembre, y sus posteriores modificaciones, y ha establecido criterios de aplicación para este tipo de instalaciones, adaptando la anterior regulación a las disposiciones europeas.
Consecuentemente, el Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo ha visto la necesidad de dictar una norma que desarrolle, en los aspectos que así lo requieren, el citado Reglamento y que, por otra parte, matice la normativa existente en esta Comunidad Autónoma para adaptarla a este marco normativo. Por otra parte, se hace necesario actualizar los documentos utilizados en la tramitación de expedientes.
Las normas especifican para las instalaciones frigoríficas:
- PUESTA EN SERVICIO DE INSTALACIONES.
- INSTALACIONES EXCLUIDAS.
- PROFESIONALES HABILITADOS.
- EMPRESAS FRIGORISTAS.
- CONDICIONES ESPECIALES.
- PARALIZACIÓN POR RAZONES DE SEGURIDAD.