Se publica la ORDEN de 2 de abril de 2020, de la Consejera de Salud, por la que se adoptan medidas en materia de limpieza y desinfección de superficies y otras medidas higiénicas debido a la pandemia causada por el SARS-CoV-2 (Covid-19).
¿Cuál es el ámbito de aplicación?
Aplicará a las instalaciones públicas y privadas y los espacios donde transiten, residan y, en general, se concentren personas, a fin de evitar su contagio por el coronavirus SARS-CoV-2. Concretamente, los siguientes:
- Residencias geriátricas y otros centros sociosanitarios.
- Centros sanitarios.
- Viviendas y espacios comunes de edificios de viviendas y urbanizaciones.
- Establecimientos o lugares de pública concurrencia tales como mercados de alimentos, transporte público, farmacias, centros de trabajo y similares.
- Vías y espacios públicos, incluyendo equipamiento urbano.
- Todos aquellos lugares en los que la autoridad sanitaria estime necesario.
¿Cómo se debe realizar la limpieza y desinfección?
- La limpieza se realizará con carácter previo a la desinfección para eliminar suciedad e impurezas de las superficies.
- Se procederá a la ventilación de los espacios cerrados ya que el hacinamiento y la ausencia de ventilación son factores favorecedores de la transmisión del virus. Cuando la ventilación se realice mediante medios mecánicos estos deben conservarse en buen estado de mantenimiento y grado de desinfección adecuado.
- La desinfección se realizará con los biocidas adecuados para destruir, contrarrestar o neutralizarlos virus, especialmente el coronavirus SARS-CoV-2.
- La desinfección de superficies con productos que tienen actividad virucida se debe realizar con una frecuencia adecuada a las características de la instalación y de la actividad biocida del producto.
Desinfectante que se puede utilizar para realizar desinfecciones
Los desinfectantes de uso común que se pueden utilizar son:
- los preparados de hipoclorito sódico en diluciones del 0,1% o superiores
- etanol al 70%
- peróxido de hidrógeno al 0,5%
- desinfectantes registrados en el Registro Oficial de Biocidas regulados por el Reglamento 528/2012
Los desinfectantes para uso por personal profesional especializado se han de aplicar por empresas inscritas en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas (ROESB). Deberán realizar las actuaciones teniendo en cuenta los principios de buenas prácticas recogida en la UNE 16636:2015 «Servicios de gestión de plagas, requisitos y competencias».
Seguir las instrucciones que a tal efecto dicte el Departamento de Salud que se publicitarán en su página web. Dichas Instrucciones serán actualizadas por la autoridad sanitaria conforme a las indicaciones científico-técnicas.
Pautas para la higiene personal, prevención de riesgos y gestión de residuos
Se deben respetar las pautas de conducta y de seguridad dictadas por el Departamento de Salud.
En materia de prevención de riesgos laborales, los niveles y medidas de protección se adaptarán a las actividades que se realicen, su plan de prevención y las características del coronavirus SARS-CoV-2.
En lo referente a la gestión de residuos se atenderá a lo establecido en la normativa vigente
sobre la materia, y en concreto a la Orden SND/271/2020, de 19 de marzo por la que se establecen instrucciones sobre gestión de residuos en la situación sanitaria ocasionada por el Covid-19.
Puede consultar la ORDEN de 2 de abril de 2020, de la Consejera de Salud, por la que se adoptan medidas en materia de limpieza y desinfección de superficies y otras medidas higiénicas debido a la pandemia causada por el SARS-CoV-2 (Covid-19) en el siguiente enlace.