1.- La recogida de la vía pública, por persona o empresa no autorizada, de cualquier tipo de residuos domésticos, comerciales e industriales.
2.- La entrega desde cualquier domicilio o establecimiento de cualquier tipo de residuos domésticos, comerciales o industriales a personas o empresas no autorizadas como gestores de residuos.
3.- El transporte en cualquier tipo de vehículo, de cualquier tipo de residuos domésticos, comerciales o industriales, cuando el mismo no esté expresamente autorizado, o sea por persona o empresa no autorizada como gestor de residuos.
En todos estos casos, se procederá a denunciar a los infractores por estos hechos, y los residuos que transporten se intervendrán cautelarmente, poniéndose a disposición de la Consejería de Medio Ambiente.