Real Decreto 203/2016: Requisitos de seguridad para ascensores

Real Decreto 203/2016: Requisitos de seguridad para ascensores 6016 4016 Prisma

Publicado un Real Decreto que regula a los ascensores que se pongan en servicio de forma permanente y a sus componentes de seguridad.

El 25 de mayo se publicó en el BOE el Real Decreto 203/2016, de 20 de mayo, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de ascensores y componentes de seguridad para ascensores (BOE nº 126 de 25/05/2016).

El objeto de este Real Decreto es el establecimiento de los requisitos esenciales de seguridad exigibles a los ascensores que se pongan en servicio de forma permanente en edificios o construcciones y a los componentes de seguridad para ascensores que se introduzcan en el mercado, con el fin de garantizar un elevado nivel de protección de la salud y la seguridad de las personas, así como de protección de los animales domésticos y de los bienes.

El nuevo real decreto aplica a los ascensores que se pongan en servicio de forma permanente en edificios y construcciones y están destinados al transporte de personas, así como de personas y objetos y solo de objetos si el habitáculo es accesible, es decir, si una persona puede entrar en él sin dificultad, y si está provisto de mandos o elementos de accionamiento situados dentro del habitáculo o al alcance de una persona situada dentro del mismo.

Componentes de seguridad para ascensores

Aplica también a los componentes de seguridad para ascensores que se indican en el anexo III utilizados en los ascensores.

A fin de facilitar la evaluación de la conformidad con estos requisitos, se establece una presunción de conformidad para los ascensores y componentes de seguridad para ascensores que se diseñen y fabriquen de acuerdo a las normas armonizadas que se adopten, con arreglo al Reglamento (UE) n.º 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre la normalización europea, para establecer especificaciones técnicas detalladas de estos requisitos, especialmente en lo que respecta al diseño, la fabricación y ensayo.

Para que los agentes económicos y las autoridades competentes puedan demostrar y garantizar que los ascensores o componentes de seguridad introducidos en el mercado para ascensores comercializados, cumplen los requisitos esenciales de seguridad, se establecen módulos de evaluación de la conformidad.

Requisitos para los organismos de control

Es esencial que todos los organismos de control desempeñen sus funciones de evaluación de la conformidad al mismo nivel y en condiciones de competencia leal. En consecuencia, se establecen requisitos que obligatoriamente deben cumplir los organismos de control que deseen ser notificados a la Comisión Europea y a los demás Estados miembros para prestar servicios de evaluación de la conformidad.

Sólo podrá notificarse a aquellos que hayan obtenido previamente su acreditación. El sistema de acreditación es un medio esencial de verificación de la competencia de los organismos de control. Una acreditación transparente, que garantice el nivel de confianza necesario en los certificados de conformidad, es considerada como la forma adecuada de demostrar la competencia técnica de dichos organismos de control.

Instrucción técnica complementaria AEM 1 «Ascensores»

La Instrucción Técnica Complementaria (ITC) AEM 1 “Ascensores”, que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente, está estrechamente relacionada con el Real Decreto 203/2016.

Dicho Real Decreto establece los requisitos esenciales de seguridad para los ascensores y sus componentes, siguiendo las directrices de la Directiva 2014/33/UE. Este Real Decreto sirve como la base normativa general que regula el diseño, instalación, mantenimiento y puesta en servicio de los ascensores en España, garantizando que estos cumplan con los estándares europeos.

Posteriormente, el Real Decreto 355/2024, aprobado el 2 de abril, actualiza y aprueba la versión más reciente de la ITC AEM 1 “Ascensores”. Este nuevo Real Decreto no sólo consolida la normativa anterior, sino que también incopora avances técnicos y nuevas exigencias de seguridad que han surgido desde la promulgación del Real Decreto 203/2016. En esencia, el RD 355/2024 da forma y detalla cómo deben aplicarse las disposiciones generales del RD 203/2016 en la práctica, actualizando la ITC AEM 1 para reflejar los últimos estándares y requisitos técnicos del sector.

Mientras que el RD 2023/2016 establece el marco legal general para la seguridad en ascensores, mientras que el RD 355/2024 actualiza y precisa los detalles técnicos a través de la ITC AEM 1, asegurando que las instalaciones de ascensores en España estén alineadas con las normativas más recientes.

Uno de los puntos más relevantes de la ITC es el relativo a las inspecciones, que pueden ser inspecciones iniciales, inspecciones periódicas u otras inspecciones.

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