Reglamento del Servicio Público de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de Galicia

Reglamento del Servicio Público de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de Galicia 500 234 Prisma

Ley de Aguas de Galicia 9/2010

El 4 de noviembre de 2010 el Parlamento gallego aprobó la Ley de Aguas de Galicia 9/2010.  Esta ley contemplaba el desarrollo de un total de 6 reglamentos:

  • Reglamento marco de prestación del servicio de abastecimiento.
  • Reglamento marco de prestación del servicio de saneamiento de depuración de aguas residuales.
  • Reglamento de régimen económico y financiero del Canon del agua y del coeficiente de vertido a sistemas públicos de depuración de aguas residuales.
  • Reglamento de la colaboración de la administración hidráulica de Galicia en la ejecución y explotación de infraestructuras hidráulicas en el ámbito de las entidades locales de Galicia.
  • Reglamento de Planificación Hidrológica.
  • Estatutos del nuevo Ente Aguas de Galicia.

Reglamentos aprobados de la Ley de Aguas de Galicia

  • Estatutos del nuevo Ente Aguas de Galicia: DECRETO 32/2012, de 12 de enero, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad pública empresarial Augas de Galicia.
  • Reglamento del régimen económico y financiero del Canon del agua y del coeficiente de vertido a sistemas públicos de depuración de aguas residuales. DECRETO 136/2012, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del canon del agua y del coeficiente de vertido a sistemas públicos de depuración de aguas residuales. (ORDEN de 26 de junio de 2012 por la que se aprueban los modelos de declaración y autoliquidación del canon del agua y del coeficiente de vertido creados por la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia.)
Y ahora se aprueba el:
  • Reglamento marco de prestación del servicio de saneamiento y de depuración de aguas residuales, que tiene por objeto regular el Servicio Público de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de Galicia, en desarrollo del mandato previsto en el artículo 32.3 de la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia.

El presente Reglamento se aplica a todos los sistemas públicos de saneamiento y depuración de aguas residuales de Galicia, cualquiera que sea la Administración competente y el sistema de gestión utilizado.

El Reglamento se estructura en seis capítulos: el primero dedicado a las disposiciones generales; el segundo a la utilización de los sistemas públicos de saneamiento y depuración de aguas residuales; el tercero a la regulación de las situaciones de emergencia; el cuarto al régimen de inspección y control; el quinto a las relaciones interadministrativas y el sexto al régimen sancionador. Por otra parte, el elevado contenido técnico de la materia regulada impone la confección de seis anexos relativos a los vertidos prohibidos y limitados; al modelo de solicitud de permiso de vertido; al plan de conservación y mantenimiento de los sistemas; al contenido de las actas de inspección y a los métodos analíticos y sistema de conservación de muestras.- Reglamentos en tramitación:

Otros reglamentos

En la actualidad los reglamentos siguientes, aunque se encuentran en un avanzado de tramitación o ya acabó su período de información pública y alegaciones, no son textos aprobados de forma definitiva. Se exponen simplemente a efectos consultivos hasta la aprobación de los mismos y su posterior entrada en vigor.

  • Reglamento de colaboración de la administración hidráulica de Galicia en la ejecución y explotación de infraestructuras hidráulicas en el ámbito de las entidades locales de Galicia.

Reglamentos Pendientes:

  • Reglamento de la Planificación Hidrológica.
  • Reglamento marco de prestación del servicio de abastecimiento

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