Nuevo periodo de información pública para la propuesta de real decreto que modifica el real decreto 1027/2007, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. Estas son algunas de las novedades RITE.
Se abre de nuevo el periodo de información pública del proyecto de real decreto que modificará el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios, el cual constituye el marco normativo básico en el que se regulan las exigencias de eficiencia energética y de seguridad que deben cumplir las instalaciones térmicas en los edificios para atender la demanda de bienestar e higiene de las personas.
En esta segunda fase de revisión, se realizarán aquellas modificaciones de carácter técnico que fuesen precisas para mantener adaptado al progreso de la técnica y al resto de normativa comunitaria el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.
Objetivos de la norma
Los objetivos básicos del proyecto de Real Decreto son la modificación del Reglamento de las Instalaciones Térmicas de los Edificios para:
- Incorporar los requisitos relativos a nuevos términos y definiciones.
- Revisar los valores mínimos de eficiencia energética de los sistemas de calefacción, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.
- Revisar los requisitos para favorecer el uso de las energías renovables y un mejor aprovechamiento de las energías residuales.
- Fomentar la introducción de los equipamientos más eficientes y las técnicas más avanzadas.
Cuestiones planteadas en la revisión
En esta segunda fase de revisión se proponen las siguientes cuestiones:
- ¿Cómo debería adaptarse el articulado y los apéndices del RITE para que las instalaciones térmicas en los edificios permitan un óptimo aprovechamiento energético y puedan satisfacer la demanda de bienestar e higiene de las personas?
- ¿Cómo deberían adecuarse las Instrucciones Técnicas del RITE (IT1, diseño y dimensionado, IT2 montaje, IT3 mantenimiento y uso e IT4 Inspección) a ese respecto?
¿Por qué se modifica?
Principalmente para adaptar al ordenamiento jurídico español normativas comunitarias como:
- La Directiva (UE) 2018/844 del Parlamento europeo y del Consejo, por la que se modifica la Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios y la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética
- La Directiva (UE) 2018/2002 del Parlamento europeo y del Consejo, por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética
- La Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento europeo y del Consejo, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables
Principales modificaciones
Algunas de los cambios que contempla el futuro texto normativo son:
1. Ámbito de aplicación
A efectos de la aplicación del RITE se considerarán como instalaciones térmicas las instalaciones fijas de climatización (calefacción, refrigeración y ventilación) y de producción de agua caliente sanitaria, incluidas las interconexiones a redes urbanas de calefacción y/o refrigeración, destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas.
Lo más relevante, se amplía la definición al incluir explícitamente las interconexiones a redes urbanas de calefacción y/o refrigeración.
2. Nuevas definiciones
Se introducen nuevas definiciones y se modifican algunas de las existentes, como por ejemplo, instalación técnica.
3. Relativo a la eficiencia energética
- Nuevas obligaciones relativas a los sistemas de automatización y control de estas instalaciones técnicas.
- La medida y evaluación de la eficiencia energética general en estas instalaciones.
- La modificación del régimen de inspecciones.
- La modificación en las obligaciones relacionadas con el consumo de calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria.
- Necesidad de disponer una lectura remota para el consumo de calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria.
- Los derechos relacionados con la facturación y la información sobre la facturación o consumo.
4. Relativo al fomento de uso de energía de fuentes renovables.
El proyecto de real decreto adapta:
- Los reglamentos europeos de ecodiseño.
- Etiquetado de productos relacionados con la energía.
Plazo de remisión: Fecha límite para la remisión de alegaciones: 16 de diciembre de 2019. Más información sobre dónde dirigir los comentarios y aportaciones en el siguiente enlace.
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