Se establece un marco común para definir las Mejores Técnicas Disponibles (MTD) para las grandes instalaciones de combustión, y se incluyen las técnicas para la prevención y control de emisiones.
Decisión de Ejecución (UE) 2017/1442 de la Comisión, de 31 de julio de 2017, por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) conforme a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo para las grandes instalaciones de combustión [notificada con el número C(2017) 5225] (Texto pertinente a efectos del EEE.)
Conclusiones sobre Mejores Técnicas Disponibles (MTD) para las grandes instalaciones de combustión
Se adoptan las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles para las grandes instalaciones de combustión incluidas en el anexo I de la Directiva 2010/75/UE, siendo estas:
- 1.1 Combustión de combustibles en instalaciones con una potencia térmica nominal total igual o superior a 50 MW, únicamente cuando esta actividad tenga lugar en instalaciones de combustión con una potencia térmica nominal total igual o superior a 50 MW.
- 1.4 Gasificación de carbón y otros combustibles utilizados en instalaciones con una potencia térmica nominal total de 20 MW o superior, solo cuando esta actividad esté directamente relacionada con una instalación de combustión.
- 5.2 Valorización o eliminación de residuos en instalaciones de coincineración de residuos no peligrosos con una capacidad superior a 3 toneladas por hora o de residuos peligrosos con una capacidad superior a 10 toneladas por día, solo en el caso de que esta actividad tenga lugar en las instalaciones de combustión a que se refiere el punto 1.1 anterior.
Los combustibles considerados en las presentes conclusiones sobre las MTD son cualquier material combustible sólido, líquido y/o gaseoso, en particular:
- Combustibles sólidos (por ejemplo, hulla, lignito, turba).
- Biomasa (según la definición del artículo 3, punto 31, de la Directiva 2010/75/CE).
- Combustibles líquidos (por ejemplo, fuelóleo pesado y gasóleo).
- Combustibles gaseosos (como gas natural, gas de síntesis y gas que contiene hidrógeno).
- Combustibles específicos de diversos sectores (por ejemplo, subproductos de las industrias química y siderúrgica).
- Residuos, con excepción de los residuos municipales mezclados, tal como se definen en el artículo 3, punto 39, y salvo los residuos enumerados en el artículo 42, apartado 2, letra a), incisos ii) y iii), de la Directiva 2010/75/UE.
Otras conclusiones y otros documentos de referencia
Otras conclusiones sobre las MTD y otros documentos de referencia que podrían ser pertinentes para las actividades contempladas en las presentes conclusiones son los siguientes:
Títulos | Código BREF |
Sistemas comunes de tratamiento y gestión de aguas y gases residuales en el sector químico | CWW |
Serie de BREF para el sector químico | LVOC, etc. |
Efectos económicos y cruzados | ECM |
Emisiones generadas por el almacenamiento | EFS |
Eficiencia energética | ENE |
Sistemas de refrigeración industrial | ICS |
Producción siderúrgica | IS |
Vigilancia de las emisiones a la atmósfera y al agua procedente de instalaciones DEI | ROM |
Producción de pasta, papel y cartón | PP |
Refino de petróleo y de gas | REF |
Incineración de residuos | WI |
Tratamiento de residuos | WT |
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