ley de cambio climático y transición energética

Ley de cambio climático y transición energética

Ley de cambio climático y transición energética 825 418 Prisma

La Ley de cambio climático y transición energética ha sido publicada en el BOE con fecha 20/05/2021. La norma responde al compromiso asumido por España en el ámbito internacional y europeo, para facilitar la descarbonización de la economía española, garantizar su transición a un modelo de economía circular y promover la adaptación a los impactos del cambio climático y la implantación de un modelo de desarollo sostenible

Ley de cambio climático y transición energética: objeto

El objetivo de la ley de Cambio Climático y Transición Energética (Ley 7/2021) es:

  • Garantizar el cumplimiento de los objetivos del Acuerdo de París, adoptado el 12 de diciembre de 2015, firmado por España el 22 de abril de 2016 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 2 de febrero de 2017.
  • Facilitar el proceso de descarbonización de la economía española, para garantizar el uso racional y solidario de los recursos.
  • Promover la adaptación a los impactos del cambio climático y la implantación de un modelo de desarrollo sostenible que genere empleo decente.

¿Cuáles son los objetivos de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética?

La ley de cambio climático y transición energética responde a los siguientes objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, energías renovables y eficiencia energética:

Para 2030

  • Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero del conjunto de la economía española en, al menos, un 20 % respecto del año 1990. 
  • Alcanzar una penetración de energías de origen renovable en el consumo de energía final de, al menos, un 35 %.
  • Alcanzar un sistema eléctrico con, al menos, un 70 % de generación a partir de energías de origen renovable.
  • Mejorar la eficiencia energética disminuyendo el consumo de energía primaria en, al menos, un 35 %, con respecto a la línea de base conforme a normativa comunitaria.

Para 2050

  • Para el año 2050 España debe alcanzar la neutralidad climática, con la finalidad de dar cumplimiento a los compromisos internacionalmente asumidos, y sin perjuicio de las competencias autonómicas. Para entonces, el sistema eléctrico debe estar basado, de manera exclusiva, en fuentes de generación de origen renovable

Herramientas para lograr los objetivos  de la ley de cambio climático

Se crean dos nuevas figuras para determinar el marco de actuación en materia de acción contra el cambio climático. Estas herramientas de gobernanza de clima y energía establecidas en el Reglamento 2018/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, sobre la gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima: los Planes Nacionales Integrados de Energía y Clima (PNIEC) y la Estrategia de Descarbonización a 2050.

Planes Nacionales Integrados de Energía y Clima

La ley de cambio climático y transición energética contempla el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima como la herramienta de planificación estratégica nacional que integra la política de energía y clima, y refleja la contribución de España a la consecución de los objetivos establecidos en el seno de la Unión Europea en materia de energía y clima. El primer Plan Nacional Integrado de Energía y Clima abarcará el periodo 2021-2030. Su contenido será el siguiente:

  • Los objetivos y contribuciones cuantitativas ajustados a la Ley, a nivel nacional y sectorial, de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y absorciones por los sumideros, de energías renovables y de eficiencia energética.
  • Las políticas y medidas correspondientes para alcanzar dichos objetivos. 
  • Cualquier otro objetivo, política o medida establecido en la normativa de la Unión Europea vigente sobre la estructura y contenido de los Planes.

Estrategia de Descarbonización a 2050

Según la ley de cambio climático y transición energética el  Gobierno aprobará una Estrategia de Descarbonización a 2050 para establecer una senda de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y de incremento de las absorciones por los sumideros del conjunto de la economía española hasta 2050.

La Estrategia de Descarbonización a 2050 será revisable cada cinco años e incluirá, al menos, un objetivo intermedio de mitigación de emisiones de gases de efecto invernadero indicativo en 2040.

Energías renovables y eficiencia energética

Otro de los puntos básicos de la ley de cambio climático y transición energética es el fomento de las energías renovables y la eficiencia energética:

  • Se promoverán las centrales hidroeléctricas reversiblessiemprecuando con los objetivos ambientales de las masas de agua y los regímenes de caudales ecológicos fijados en los planes hidrológicos de cuenca y sean compatibles con los derechos otorgados a terceros, con la gestión eficiente del recurso y su protección ambiental.
  • Por otro lado, el Gobierno promoverá y facilitará el uso eficiente de la energía y el uso de energía procedente de fuentes renovables en el ámbito.

Fomento y objetivos de los gases renovables

El Gobierno fomentará, a través de la aprobación de planes específicos, la penetración de los gases renovables, incluyendo el biogás, el biometano, el hidrógeno y otros combustibles en cuya fabricación se hayan usado exclusivamente materias primas y energía de origen renovable o permitan la reutilización de residuos orgánicos o subproductos de origen animal o vegetal.

Promoción de movilidad sin emisiones

La promoción de la movilidad sostenible es otro de los puntos clave en los que incide esta ley de cambio climático y transición energética. Se adoptarán medidas para alcanzar en el año 2050 un parque de turismos y vehículos comerciales ligeros sin emisiones directas de CO2. A estos efectos el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima establecerá para el año 2030 objetivos de penetración de vehículos con nulas o bajas emisiones directas de CO2 en el parque nacional de vehículos según sus diferentes categorías.

Los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares deberán introducir en la planificación de ordenación urbana medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad incluyendo, al menos:

  • El establecimiento de zonas de bajas emisiones no más tarde de 2023.
  • Medidas para facilitar los desplazamientos a pie, en bicicleta u otros medios de transporte activo, asociándolos con hábitos de vida saludables. 
  • Medidas para la mejora y uso de la red de transporte público. 
  • Medidas para la electrificación de la red de transporte público y otros combustibles sin emisiones de gases de efecto invernadero, como el biometano. 
  • Medidas para fomentar el uso de medios de transporte eléctricos privados, incluyendo puntos de recarga.
  • Medidas de impulso de la movilidad eléctrica compartida.

Instalación de puntos de recarga eléctrica

El Gobierno pondrá a disposición del público la información de los puntos de recarga eléctrica para vehículos a través del Punto de Acceso Nacional de información de tráfico en tiempo real gestionado por el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico. Para ello, según se señala en la ley de cambio climático y eficiencia energética, con carácter previo, los prestadores del servicio de recarga eléctrica deberán remitir por medios electrónicos al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico información actualizada de la localización, características, y disponibilidad de dichas instalaciones, así como del precio de venta al público de la electricidad o del servicio de recarga.

PNACC: Medidas de adaptación a los efectos del cambio climático

El Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC) es el instrumento de planificación básico de la ley de cambio climático y transición energética para promover la acción coordinada frente a los efectos del cambio climático en España:

Los objetivos específicos del PNACC incluyen:

  • Elaborar escenarios climáticos regionalizados para la geografía española. 
  • Recopilar, analizar y difundir de información acerca de la vulnerabilidad y adaptación al cambio climático en diferentes sectores socioeconómicos, sistemas ecológicos y territorios. 
  • Promocionar y coordinar la participación de todos los agentes implicados en las políticas de adaptación, incluyendo los distintos niveles de la administración, las organizaciones sociales y la ciudadanía en su conjunto.
  • Definir un sistema de indicadores de impactos y adaptación al cambio climático, que facilite un seguimiento y evaluación de las políticas públicas al respecto.
  • Elaborar nformes periódicos de seguimiento y evaluación del PNACC y sus programas de trabajo. 

El contenido básico del PNACC incluye

  • La identificación y evaluación de impactos previsibles y riesgos derivados del cambio climático para varios escenarios posibles. 
  • La evaluación de la vulnerabilidad de los sistemas naturales, de los territorios, de las poblaciones y de los sectores socioeconómicos.
  • Un conjunto de objetivos estratégicos concretos, con indicadores asociados.
  • Un conjunto de medidas de adaptación orientadas a reducir las vulnerabilidades detectadas.

Puede consultar la Ley de cambio climático y transición energética en el siguiente enlace.

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