El cadmio y el óxido de cadmio están clasificados como carcinógenos de categoría 1B, y en la categoría 1 en cuanto a su toxicidad acuática aguda y crónica.
REGLAMENTO (UE) No 494/2011 DE LA COMISIÓN de 20 de mayo de 2011 por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH), en lo que respecta a su anexo XVII (cadmio)
Desde el 31 de diciembre de 1992 está prohibido el uso del cadmio como agente colorante en una serie de polímeros y pinturas y como estabilizante en el cloruro de polivinilo (PVC) en una serie de aplicaciones, como también está prohibido el cadmiado en una serie de aplicaciones.
En 2007 se completó la evaluación de riesgos del cadmio a escala europea, la Comisión publicó una Comunicación sobre los resultados de la evaluación del riesgo y la estrategia de limitación de este en relación con el cadmio y el óxido de cadmio, donde recomendaba la restricción de la comercialización y del uso del cadmio en barras de soldadura y joyas.
La Comunicación indicaba la necesidad de adoptar medidas específicas para limitar los riesgos derivados de la utilización de barras de soldadura que contienen cadmio y de llevar joyas que contienen cadmio. Tanto los profesionales como los aficionados que realizan soldaduras están expuestos a los humos formados en este proceso. Los consumidores, incluidos los niños, están expuestos al cadmio presente en las joyas a través del contacto con la piel o con la lengua.
La prohibición de utilización de cadmio se ampliarse a todos los artículos fabricados con PVC, a fin de cumplir el objetivo de combatir la contaminación por cadmio.
Fuente: Ingenieros Asesores S.A.