Esta norma crea y regula el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de los edificios en La Rioja, en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa estatal en esta materia de eficiencia energética de los edificios, contenida en el Real Decreto 235/ 2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
El promotor o propietario del edificio o de parte del mismo, que esté incluido en el ámbito de aplicación del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, será el responsable de encargar la realización de la certificación de eficiencia energética del edificio, o de una de sus partes, elaborada por técnico competente y de su inscripción en el Registro, todo ello de conformidad con lo que se determina en el artículo 5 del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril y el procedimiento que se determina en el presente Decreto.
En el Decreto se establece el procedimiento que se debe seguir para la inscripción de los Certificados, la modalidad telemática (prioritaria), las condiciones de validez, renovación, actualización y anulación de la inscripción en el registro así como el acceso a la información de dicho registro público de certificados.