Se publican las Instrucciones Técnicas que tienen como propósito garantizar los niveles de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas, incluyendo las instrucciones para realizar este tipo de operaciones sin riesgos.
La Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Fomento publica la Resolución de 14 de junio de 2017, por la que se publican las Instrucciones Técnicas para el Transporte Seguro de Mercancías Peligrosas por vía aérea (Documento OACI 9284/AN/905). (B.O.E. 166 de 13/07/2017)
Estas Instrucciones Técnicas serán aplicables desde el 1 de enero de 2017, con el objetivo de facilitar el transporte de mercancías peligrosas por vía aérea, estableciendo niveles de seguridad con el fin de evitar riesgos, y prevenir posibles accidentes.
Estas disposiciones amplían los principios generales aplicables a la reglamentación de transporte de mercancías peligrosas por vía aérea para el transporte internacional, recogidas en el Anexo 18 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional.
Las mercancías peligrosas se dividen en varias categorías o clases en función del riesgo que presenten, por ello se ha elaborado una lista detallada donde se indica la clase y aceptabilidad de cada artículo para el transporte por vía aérea y las condiciones pertinentes.
En circunstancias excepcionales, algunas mercancías se consideran demasiado peligrosas para ser transportadas por vía aérea. Las mercancías restringidas a aeronaves exclusivamente de carga son las que se transportan en mayores cantidades que las permitidas en aeronaves de pasajeros.
Para recibir actualizaciones o modificaciones legislativas, nuestro software EcoGestor Legislación te permitirá estar actualizado en la materia legal concerniente al ámbito de actuación de cualquier organización. Si quiere recibir más información, contacte con nosotros a través del formulario de contacto o llamando al 985 98 00 50.