El presente decreto regula el régimen especial de evaluación y aprobación, autorización o conformidad de planes, programas y proyectos que puedan afectar a espacios de la Red Natura 2000 de Espacios Naturales Protegidos de la Comunitat Valenciana.
Será de aplicación a todos los planes, programas y proyectos que pretendan realizarse en el territorio de la Comunitat Valenciana, con inclusión de los espacios marítimo-terrestres y de los espacios marinos en los que la Generalitat ejerza competencias de conformidad con lo establecido en los artículos 6, 36 y 45.1 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, siempre que cumplan algunos de los siguientes requisitos de localización:
a) Que se localicen en el interior de los espacios Red Natura 2000 o en sus zonas periféricas de protección.
b) Que se localicen en las áreas de conectividad previstas en las normas de gestión de los espacios Red Natura 2000.
c) Que se localicen en el dominio público hidráulico o zonas de servidumbre de cuencas fluviales que atraviesen o desemboquen en espacios Red Natura 2000.
d) Que se localicen en los ámbitos territoriales distintos de los anteriores expresamente indicados en las normas de gestión.
Quedan sometidos a lo establecido en el presente decreto todos los planes y programas, incluidos los de reducido ámbito territorial, así como sus modificaciones, sean menores o no, que cumplan los dos siguientes requisitos:
a) Que se elaboren o aprueben por una Administración Pública.
b) Que su elaboración y aprobación venga exigida por una disposición legal o reglamentaria o por acuerdo del Consejo de Ministros, del Consell o del pleno de una corporación local.
Asimismo, quedan sometidos a lo establecido en el presente decreto los proyectos públicos o privados que se indican en el anexo del Decreto 60/2012.