El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, ha aprobado la modificación del anexo II del Real Decreto de protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro, para adecuar la legislación española a la Directiva Marco del Agua de la Unión Europea (a la espera de su publicación oficial en el BOE).
- REAL DECRETO 1075/2015 por el que se modifica el Anexo II del Real Decreto 1514/2009, de 2 de octubre, relativo a la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro.
La Directiva, traspuesta al ordenamiento jurídico español desde 2009, fue modificada en julio de 2014, lo que exige la adaptación de nuestra legislación para transponer las modificaciones introducidas en la nueva Directiva.
El objetivo de la modificación ha sido el de unificar criterios a la hora de aplicar una metodología común para todos los Estados miembros de la UE en el proceso de determinación de los valores umbral para las sustancias que pueden provocar una situación de riesgo de no alcanzar los objetivos medioambientales de calidad química en una masa o grupo de masas de agua subterránea.
El proyecto de Real Decreto, publicado el 16 de diciembre en el B.O.E., modifica parcialmente el anexo II del Real Decreto hasta ahora en vigor, mediante un artículo único que consta de cuatro apartados en los que:
- se añade una disposición final cuarta sobre habilitación normativa;
- se redacta más ampliamente el Anexo II (parte A);
- se añaden dos nuevas sustancias (fosfatos y nitritos) al listado de contaminantes del anexo; y
- se redacta de nuevo la determinación de los valores umbral y los criterios de inclusión en los planes hidrológicos de cuenca.
ENVIRA Ingenieros Asesores, dispone de entidad de inspección y de laboratorio de ensayo acreditados
por la Entidad Nacional de Acreditación»>ENACpara el control de aguas
subterráneas, entre otros ámbitos de medio ambiente.
Además, recientemente ha incorporado a su alcance de acreditación, como entidad de inspección (nº 31/EI035, los 6 objetos del Protocolo de Inspección de Vertidos (PIV) convirtiéndose así en la primera Entidad Colaboradora de la Administración Hidráulica (ECAH) del norte del España en conseguirlo y la segunda a nivel nacional, tras pasar favorablemente la auditoría de la Entidad Nacional de Acreditación.