Decreto 172/2008
DECRETO 172/2008, de 26 de agosto, de creación del Catálogo de flora amenazada de Cataluña. (D.O.G.C. 5204 del 28/08/2008)
Se crea el Catálogo de flora amenazada de Cataluña con el fin de proporcionar a las especies y subespecies de flora que hay que preservar o recuperar el régimen jurídico de protección necesario con el fin de asegurar su conservación y recuperación.
Las especies y subespecies se clasifican en las categorías «en peligro de extinción» o «vulnerables», en función de su estatus de conservación y grado de amenaza.
La catalogación como especie o subespecie amenazada comporta la prohibición de llevar a cabo las actuaciones siguientes:
- a) Cualquier actuación no autorizada con el propósito o resultado de destruirlas, mutilarlas, cortarlas o arrancarlas, así como la recolección de sus semillas, polen o esporas.
- b) Poseerlas, naturalizarlas, transportarlas, comercializarlas, exponerlas en venta o importarlas, tanto si se trata de ejemplares vivos o muertos, así como sus propágulos o restos, excepto en los casos previstos por este Decreto.
- c) Alterar el hábitat afectando negativamente a sus poblaciones.