Cataluña establece la comunicación telemática de los datos del comercio del cobre y del hierro

Cataluña establece la comunicación telemática de los datos del comercio del cobre y del hierro 150 150 Prisma
Orden INT/322/2011, de 16 de noviembre, de comunicación por medios telemáticos de los datos sobre el comercio del cobre y del hierro por parte de los establecimientos gestores de estos residuos y de registro de esta actividad. (D.O.G.C. 6013 de 25/11/2011)
Los centros gestores de residuos metálicos y los establecimientos de comercio al por mayor de cobre y de hierro establecidos en Cataluña tienen que comunicar, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la adquisición del material, por medios telemáticos, a la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, a través de la Dirección General de la Policía del Departamento de Interior, simultáneamente a sus obligaciones de registro que vienen impuestas por la normativa vigente, las entradas de material de cobre y de hierro, y especificar la información sobre los datos a que hace referencia el anexo 1.
Los centros y establecimientos a que hace referencia esta Orden tienen que utilizar un medio telemático de comunicación que garantice la inmediatez y seguridad de la comunicación. A estos efectos los archivos de datos a enviar telemáticamente con la información prevista en el anexo 1 tienen que tener en cuenta los parámetros técnicos y las características que fije la Administración a través de la página web del cuerpo de mozos de escuadra.
Se tendrán que registrar todas las entradas de material de cobre y de hierro, y especificar la información a la que hace referencia el anexo 1, que tendrá que constar en el registro diario que a estos efectos lleve el establecimiento o centro mencionado, mediante anotaciones o asientos por procedimientos informáticos, libros o cualquier otro idóneo como hojas independientes o encuadernadas. Para el supuesto de hojas independientes o encuadernadas, se tiene que utilizar el modelo de ficha del anexo 2. En todo caso se tiene que permitir el acceso inmediato a la policía de la información registrada.
Los establecimientos o centros mencionados tienen que conservar la información prevista en el anexo 1 a disposición de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra y están obligados a exhibirla cuando sean requeridos a este efecto. Esta información se tiene que conservar durante el plazo de tres años.

Líderes en servicios integrales para el medio ambiente. Nuestras acreditaciones ENAC nos avalan.

Logotipo Eurofins Environment Testing

Eurofins Enviroment Testing Spain es la red de empresas referente del sector ambiental en España, perteneciente al grupo Eurofins Scientific. Gracias a nuestras múltiples acreditaciones ENAC ofrecemos un servicio integral medioambiental en análisis, control e inspección.

Información

© 2024 Eurofins Environment Testing Spain: Todos los derechos reservados. Aviso legalPolítica de cookies | Política de privacidad | Canal ético