Las actividades que se estuviesen desarrollando con anterioridad a fecha 29 de abril de 2013 disponen de un plazo de dos (2) años para adaptarse a ella.. Se deroga la anterior Ordenanza de Ruidos de Ceuta publicada en el Boletín Oficial de Ceuta de fecha 15 de julio de 1.993.
La ordenanza persigue los siguientes objetivos:
- a. Preservar, proteger y mejorar la calidad del medio ambiente acústico en la ciudad de Ceuta.
- b. Proteger la salud de las personas y el derecho a la intimidad.
La política medioambiental de la ciudad de Ceuta tiene por objeto conseguir un nivel elevado de protección frente al ruido y las vibraciones. Se basa en los principios precaución y acción preventiva, en el principio de corrección de los daños al medio ambiente, preferentemente en el origen, y en el principio general de quien contamina paga a los demás las consecuencias de ello.
Las actividades que se estuviesen desarrollando con anterioridad a fecha 29 de abril de 2013 disponen de un plazo de 2 años para adaptarse a ella, en caso contrario, se incoarán los preceptivos expedientes administrativos.
Queda derogada la anterior Ordenanza Municipal sobre emisión de ruidos, vibraciones y otras formas de energía publicada en el Boletín Oficial de Ceuta de fecha 15 de julio de 1.993.