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AGIC recupera la obligación de mantener correctamente las instalaciones de baja tensión en Cataluña

AGIC recupera la obligación de mantener correctamente las instalaciones de baja tensión en Cataluña 849 566 Prisma

Mantenimiento Obligatorio

Gracias a las presiones de AGIC, la Generalitat está requiriendo a los Organismos de Control que comprueben que los titulares de las instalaciones de baja tensión inspeccionadas realicen correctamente el mantenimiento obligatorio en Cataluña.

La derogación del Decreto 363/2004, en septiembre del 2013, dejó sin validez legal el artículo 9 el mismo que hacía referencia a la obligatoriedad por parte del titular de una instalación eléctrica sujeta a inspección periódica, a contratar un mantenimiento con una empresa instaladora autorizada de la categoría correspondiente y a realizar las correspondientes revisiones anuales.

Desde entonces, AGIC ha trabajado para recuperar un procedimiento que obligase a los Organismos de Control a comprobar el correcto mantenimiento anual de las instalaciones a través de justificantes sobre la realización del mantenimiento periódico.Finalmente, se pone de manifiesto la seriedad la tenacidad con la que se tratan les cuestiones que afectan tanto a los gremios como a las empresas instaladoras desde AGIC.

Muchas han sido las acciones denunciando esta situación y finalmente se han obtenido buenos resultados. No obstante, se continuará trabajando para qué la no justificación del correcto mantenimiento de las instalaciones, sea cual sea la situación, se considere un defecto grave y comporte su corrección de inmediato.

El comunicado enviado por la Generalitat es el siguiente:

«Estimados señores y señoras,

De acuerdo con el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión: Artículo 20. Mantenimiento de las instalaciones.

Los titulares de las instalaciones deberán mantener en buen estado de funcionamiento sus instalaciones, utilizándolas de acuerdo con sus características y absteniéndose de intervenir en las mismas para modificarlas. Si son necesarias modificaciones, éstas deberán ser efectuadas por un instalador autorizado.

Hasta que se anuló el Decreto 363/2004 por sentencia judicial, y consecuentemente se eliminó la obligación de requerir un contrato de mantenimiento en las inspecciones periódicas, ya que se daba como garantía de un mantenimiento correcto la mera existencia de un contrato de mantenimiento.

Por tal de que en la inspección periódica se verifique el cumplimiento de la obligación de mantenimiento de las instalaciones eléctricas de baja tensión es necesario que en estas inspecciones se actúe de la siguiente manera:

  • Entre las verificaciones de la inspección hace falta considerar el mantenimiento.
  • El titular de la instalación tiene que mostrar evidencias de las actuaciones de mantenimiento: por ejemplo libro de mantenimiento, contrato de mantenimiento, facturas con actuaciones etc. si presenta estas evidencias el mantenimiento se calificará como correcto.

En el caso de que no haya constancia de ninguna operación de mantenimiento ni de verificación del correcto funcionamiento de la instalación desde la última inspección se considerará defecto leve.

Si además de no haber ninguna evidencia, la instalación presenta defectos se calificará el mantenimiento como defecto grave sin perjuicio de los defectos técnicos que se hayan puesto de manifiesto.

Cordialmente, Direcció General d’Energia, Mines i Seguretat Industrial

Departament d’Empresa i Coneixement»

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