El GHG Protocol es uno de los estándar más conocidos para el cálculo de Huella de Carbono de Organización. Existen múltiples metodologías, pero en este artículo te resumimos en qué consiste esta metodología GHG Protocol y cómo puedes aplicarla en tu organización.
¿QUÉ ES EL GHG PROTOCOL?
El GHG Protocol es un estándar para el cálculo de la Huella de Carbono de Organización. El GHG Protocol permite contabilizar los seis tipos de gases GEI (CO2, CH4, N2O, HFC, PFC y SF6) enfocándose únicamente en la contabilidad y reporte de las emisiones.
Este protocolo fue desarrollado por el World Resources Institute (WRI) y el World Business Council for Sustainable Development (WBCSD), en cooperación con empresas privadas, gobiernos y grupos ambientalistas, publicando su primera edición en septiembre de 2001.
Para la realización del cálculo de Huella de Carbono de Organización se dispone de una amplia variedad de estándares de cálculo, entre las que se encuentra el GHG Protocol.
Los principios básicos del GHG Protocol son: Relevancia, Integridad, Consistencia, Transparencia y Precisión.
Este estándar GHG Protocol también permite la verificación externa del cálculo de la huella de carbono de organización y del informe de emisiones GEI por parte de una entidad externa. Asimismo, es posible realizar la verificación del inventario completo de GEI o de partes específicas de éste.
METODOLOGÍA DEL GHG PROTOCOL
Los pasos a seguir dentro de la metodología del GHG Protocol para llevar a cabo la cuantificación de las emisiones de GEI de la organización son los siguientes:
Determinación de los Límites Operacionales
Dentro del cálculo de las emisiones de una organización se diferencia entre emisiones directas, aquellas procedentes de fuentes propiedad de o controladas por la organización, y emisiones indirectas las cuales se generan como consecuencia de la actividad de la organización, pero se producen en fuentes propiedad de o controladas por otra organización.
El que unas emisiones se cataloguen como directas o indirectas dependerán el enfoque de consolidación (límites organizacionales) que se elijan.
El establecimiento de los límites organizacionales se limita a seleccionar si, dentro del cálculo se pretende incluir únicamente los alcances 1 y 2 o, si por el contrario, la organización también desea considerar el alcance 3.
- Alcance 1, Emisiones directas de GEI: Estas emisiones ocurren en fuentes propiedad de la empresa o que están controladas por esta. Dentro de este alcance se pueden considerar las emisiones procedentes de la combustión de calderas, vehículos, etc.; así como emisiones procedentes del proceso de fabricación de la organización.
- Alcance 2, Emisiones indirectas de GEI asociadas a la electricidad: En este alcance únicamente se contabilizan las emisiones asociadas a la generación de electricidad adquirida y consumida por la organización.
- Alcance 3, Otras emisiones indirectas: Este alcance es opcional e incluiría las emisiones consecuencia de la actividad de la empresa, pero que ocurren en fuente que no son propiedad ni están contratadas por ésta.
Según el GHG Protocol, las empresas que decidan incluir este alcance pueden limitarse a contabilizar y reportar las emisiones de las actividades que son relevantes para su organización y para las que disponen de información confiable. En este sentido, dado que cada organización decide qué categorías reportar, el alcance 3 puede no ser de utilidad de cara a realizar comparaciones entre organizaciones.
Determinación de los Límites Organizacionales
El segundo paso a seguir dentro del GHG Protocol es el establecimiento de los límites organizacionales que permiten a la organización seleccionar el enfoque que desean seguir para consolidar sus emisiones de GEI. En concreto, los límites organizacionales pueden seguir dos tipos de enfoque:
- Enfoque de Participación Accionarial: Según la proporción que la empresa posee en la estructura
- Enfoque de Control: Se contabilizan las emisiones atribuibles a las operaciones sobre las que la empresa ejerce el control. Puede ser de dos tipos:
- Control financiero: En este tipo de control, la empresa tiene la facultad de dirigir las políticas financieras y operativas con el objetivo de obtener beneficios económicos al ser parte del grupo empresarial o subsidiaria de éste.
- Control operacional: La empresa o alguna de sus subsidiarias tiene capacidad plena para introducir e implementar sus políticas
Salvo en situaciones concretas, este enfoque suele ser el más habitual para el cálculo.
Establecimiento del año base
Para poder realizar un seguimiento, una comparativa significativa y consistente de la evolución de las emisiones de GEI a lo largo del tiempo, es necesario fijar un año base frente al cual comparar las emisiones actuales, siendo esta la siguiente etapa a aplicar dentro de la metodología GHG Protocol.
La determinación del año base según el GHG Protocol debe realizarse considerando que para este periodo de tiempo existe información fiable de emisiones, debiendo detallarse las razones de elección de dicho año en el informe de reporte de emisiones de GEI.
Asimismo, de cara a un seguimiento consistente de las emisiones a lo largo del tiempo, puede resultar necesario recalcular las emisiones del año base cuando la organización experimente cambios estructurales importantes, se produzcan cambios en la metodología de cálculo o se hayan detectado errores significativos. Es por ello que la organización deberá establecer, según el GHG Protocol, los fundamentos y criterios para realizar este recálculo definiendo cualquier umbral que determine la necesidad de dicho recálculo.
Identificación y cálculo de las emisiones de GEI
Una vez se hayan fijado los límites del inventario (límites operacionales, límites organizacionales y año base), las etapas a seguir dentro del estándar GHG Protocol para la identificación y cálculo de las emisiones son los siguientes:
- Identificación de fuentes de GEI
- Selección del método de cálculo de GEI
- Recopilación de datos y selección de factores de emisión
- Aplicación de las herramientas de cálculo
El GHG Protocol desglosa en su estándar los pasos a seguir dentro de cada una de las etapas anteriores, facilitando a la organización la comprensión de éstos y la preparación de un sistema de gestión del inventario para el cálculo en años futuros.
Informe de Emisiones de GEI
El paso final dentro del cálculo de las emisiones de GEI de la Organización según GHG Protocol es la elaboración del reporte o informe que recogerá toda la información precisa considerando los cinco principios del GHG Protocol para, al menos, los alcances 1 y 2.
En este sentido, el estándar del GHG Protocol diferencia entre información requerida y opcional a la hora de su inclusión en el informe.
Como se puede observar, el estándar GHG Protocol se ajusta en gran medida a lo que se establecía en la antigua norma UNE EN ISO 14064-1:2012 para el cálculo de huella de carbono de organización, manteniendo la diferenciación por alcances y permitiendo la exclusión del alcance 3, uno de los que implican más dificultades a la hora de recopilar los datos necesarios y que implican una mayor incertidumbre.
Asimismo, el GHG Protocol ofrece pautas muy claras en referencia a cómo realizar la contabilidad de las emisiones de GEI dejando a la vez un amplio margen para la toma de decisiones de cara a facilitar el cálculo.
Si bien, al igual que otros estándares internacionales, el GHG Protocol supone una implicación directa de la organización que pretende realizar el cálculo desde el planteamiento del mismo hasta la emisión del informe final, desde Eurofins Control Ambiental consideramos que puede ser una buena alternativa a la norma UNE EN ISO 14064-1:2012.
Si deseas realizar tu cálculo de HC te recordamos que en Eurofins Control Ambiental disponemos de un área especializada en sostenibilidad con un equipo de consultores especialistas en la materia. No dudes en ponerte en contacto con nosotros al teléfono 985 98 00 50 o a través del siguiente formulario.
Si quietes tener más información sobre este protocolo te dejamos aquí el link a su página de GHG protocol.org