El Real Decreto por el que se regula el autoconsumo tiene como objetivo bajar el precio de la electricidad y subir los ingresos del Estado.
El Ministerio para la Transición Ecológica ha publicado la propuesta de Real Decreto por la que se regulan las condiciones del autoconsumo, tanto administrativas, técnicas como económicas, a raíz de la tramitación urgente aprobada en el Acuerdo de Consejo de Ministros, del 7 de diciembre de 2018, tal y como estipula el Real-Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre, aprobado por el gobierno.
¿Cuál es su finalidad?
Este proyecto de real decreto reconoce la necesidad de aprobar un reglamento que regule, entre otros, los siguientes aspectos clave del autoconsumo:
- Condiciones administrativas y técnicas para la conexión a la red de las instalaciones de producción asociadas al autoconsumo.
- Configuraciones de medida simplificadas.
- Mecanismos de compensación entre déficits y superávit de los consumidores acogidos al autoconsumo con excedentes para instalaciones de hasta cien kilovatios (100 kW).
- Organización del registro administrativo.
Modalidades de autoconsumo
El texto propuesto divide a los autoconsumidores en dos modelos.
Por un lado, los organiza en función de si los consumidores están aislados o en instalaciones próximas, es decir, en:
- Individual
- Colectivo
En el caso de autoconsumo colectivo, todos los consumidores participantes asociados a la misma instalación de generación deben pertenecer a la misma modalidad de autoconsumo.
Por otro lado, clasifica el uso de la generación de autoconsumo entre:
- Autoconsumo sin excedentes, que impide inyectar energía excedentaria a la red de transporte o de distribución.
- Autoconsumo con excedentes, que permite la inyección de energía excedentaria.
Modalidad de autoconsumo con excedentes
La modalidad de suministro de autoconsumo con excedentes se divide a su vez en:
- Tipo A
Pertenecen a esta modalidad, aquellos casos de suministro con autoconsumo con excedentes en los que voluntariamente el consumidor y el productor optan por acogerse a compensación de excedentes. Esta opción solo es posible en si se cumple con las siguientes condiciones:
- La fuente de energía primaria es de origen renovable.
- La potencia total de las instalaciones de producción asociadas no excede de 100 kW.
- En su caso, el consumidor haya suscrito un único contrato de suministro para el consumo asociado y para los consumos auxiliares con una empresa comercializadora.
- El consumidor y productor asociado hayan suscrito un contrato de compensación de excedentes de autoconsumo.
- La instalación de producción no está sujeta a la percepción de un régimen retributivo adicional o específico.
- Tipo B
En esta modalidad se incluyen todos aquellos casos de autoconsumo con excedentes que no cumplen con alguno de los requisitos para pertenecer a la modalidad con excedentes tipo A o que voluntariamente optan por no acogerse a dicha modalidad.
Equipos de medida
El borrador del proyecto de real decreto determina que:
- Todos los consumidores que realicen autoconsumo deben disponer de un equipo de medida en punto frontera o, en su caso, puntos frontera.
- Sólo deben disponer adicionalmente de un contador de generación neta si se cumple una de las siguientes condiciones:
- Se realiza un autoconsumo colectivo.
- No está conectada a las instalaciones del consumidor a través de su red interior o de una línea directa.
- La tecnología de generación no es renovable, de cogeneración o residuos.
- No se dispone de un único contrato de suministro.
Adicionalmente se permite a los autoconsumidores con excedentes tipo b (dos sujetos), instalar un equipo de medida de generación neta y uno que registre la energía consumida total por el consumidor asociado (podría ofrecer alguna ventaja en la facturación si tienen un consumo de auxiliares elevado).
El proyecto de real decreto para el autoconsumo está disponible en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el plazo para formular alegaciones finaliza el 8 de febrero.
Desde ENVIRA Ingenieros Asesores seguiremos de cerca la evolución de este proyecto de real decreto. Recordamos que a través de la herramienta EcoGestor LEGISLACIÓN podrá tener siempre acceso a normativa actualizada del sector energético y eléctrico.