Hasta el 20 de Marzo se puede consultar el proyecto del Real Decreto sobre medidas para la reducción de emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos.
Según la Directiva (UE) 2016/2284, antes del 1 de julio de 2018, todos los estados miembros deben llevar a cabo la trasposición de la misma su ordenamiento jurídico. Este Proyecto de Real Decreto es la trasposición de la Directiva al ordenamiento jurídico Español, la cual establece para nuestro país el compromiso de reducir las emisiones atmosféricas para el año 2030.
Con el fin de cumplir con los objetivos de reducción del impacto de emisiones contaminantes a la atmósfera, se regula la elaboración, adopción y aplicación de un programa nacional de control de la contaminación atmosférica. Asimismo, se establece un sistema para el seguimiento de las emisiones y sus efectos negativos en el medio ambiente, que incluye la presentación de informes.
En el ámbito de aplicación del futuro Real Decreto se cita al territorio nacional español como responsable de acatar los compromisos de reducción, excluyendo a las islas canarias por razones geográficas.
Para contribuir a la consecución de los objetivos de calidad del aire y reducción de emisiones, el programa nacional deberá contener medidas aplicables a todos los sectores pertinentes tales como la agricultura, la generación de energía, la industria, el transporte por carretera, el transporte por vías navegables, la calefacción doméstica, la utilización de maquinas móviles no de carretera y el uso y fabricación de disolventes.
Compromisos nacionales de reducción de emisiones:
La trasposición de la Directiva (UE) 2016/2284 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, establece los compromisos de reducción de emisiones de los Estados miembros para las emisiones atmosféricas antropogénicas de dióxido de azufre (SO2), óxidos de nitrógeno (NOx), compuestos orgánicos volátiles no metánicos (COVNM), amoniaco (NH3), y partículas finas (PM2,5).
Las administraciones públicas adoptarán las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de dichos compromisos. Se tomarán las medidas oportunas para limitar las emisiones antropogénicas de los gases anteriormente descritos con fecha 2025.
No se contabilizarán las siguientes emisiones como compromiso de reducción de emisiones:
- a) Las emisiones de las aeronaves fuera del ciclo de aterrizaje y despegue;
- b) Las emisiones del tráfico marítimo internacional;
- c) Las emisiones de óxidos de nitrógeno(NOx)y compuestos orgánicos volátiles no metánicos (COVNM)de las actividades contempladas en las categorías 3B (gestión de estiércol) y 3D (suelos agrícolas) de la nomenclatura para informes (en lo sucesivo,«NFR», por sus siglas en inglés de Nomenclature for Reporting) establecida por el Convenio LRTAP.
Desde el 20 de Febrero hasta el 20 de Marzo, puede consultar en información pública en la página web del MAPAMA Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente el proyecto del Real Decreto que traspone la Directiva (UE) 2016/2284.