La Administración de la Comunidad Foral de Navarra suscribió, el 10 de febrero de 2012, un Convenio de Colaboración con el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, para el funcionamiento de la aplicación informática para la gestión de la información de los servicios de prevención ajenos acreditados (en adelante SERPA).
Sin perjuicio de ello, las variaciones que afecten a los apartados b), c) y d) del artículo 3.2 de la Orden TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, deberán comunicarse directamente a la autoridad laboral que concedió la acreditación, con la aportación de la documentación que permita su verificación, con la finalidad de que sea la autoridad laboral la que en su caso incorpore los cambios a la aplicación SERPA.
La autoridad laboral de Navarra velará porque los servicios de prevención ajenos acreditados por la misma suministren e incorporen los datos, comunicaciones y documentos a que están obligados, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de los Servicios de Prevención y en la Orden TIN/2504/2010, de 20 de septiembre.
A efectos de completar los datos que pudieran estar ya registrados en la aplicación SERPA, por parte de las entidades afectadas deberá procederse, con carácter obligatorio, a actualizar tales datos en el plazo máximo de dos meses desde la entrada en vigor de la presente Orden Foral.