Desde junio será obligatorio el certificado energético para vender o alquilar inmuebles.

Desde junio será obligatorio el certificado energético para vender o alquilar inmuebles. 220 156 Prisma

Aprobado el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética en edificios no industriales.. Todos los edificios nuevos que se construyan a partir del 31 de diciembre de 2020 serán edificios de consumo de energía casi nulo.

El pasado sábado 13 de abril se publicó en el BOE el texto final del real decreto que regula la certificación de la eficiencia energética de los edificios. En este real decreto se desarrolla el procedimiento básico que debe cumplir la metodología de cálculo de la calificación de eficiencia energética, considerando aquellos factores que más incidencia tienen en su consumo energético, así como las condiciones técnicas y administrativas para las certificaciones de eficiencia energética de los edificios. Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

Mediante este real decreto se transpone parcialmente la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, en lo relativo a la certificación de eficiencia energética de edificios, refundiendo el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, con la incorporación del Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios existentes, teniendo en consideración además la experiencia de su aplicación en los últimos cinco años.

A partir del 1 de junio de 2013 será exigible el certificado de eficiencia energética para los contratos de compraventa o arrendamiento superior a 4 meses. Se excluyen de esta obligación, entre otros, a los edificios industriales y agrícolas.

El certificado de eficiencia energética deberá incluir información objetiva sobre la eficiencia energética de un edificio y valores de referencia tales como requisitos mínimos de eficiencia energética con el fin de que los propietarios o arrendatarios del edificio o de una unidad de éste puedan comparar y evaluar su eficiencia energética.

De esta forma, valorando y comparando la eficiencia energética de los edificios, se favorecerá la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía. También contribuye a informar de las emisiones de CO2 por el uso de la energía proveniente de fuentes emisoras en el sector residencial, lo que facilitará la adopción de medidas para reducir las emisiones y mejorar la calificación energética de los edificios.

HERRAMIENTAS PARA LA OBTENCIÓN DE LOS CERTIFICADOS. 

Como herramienta para facilitar la obtención de estos certificados, por mandato del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y del Ministerio de Fomento, el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) ha elaborado dos programas informáticos reconocidos para edificios existentes CE3 y CE3X, a disposición de los técnicos certificadores y del ciudadano en general.

Actualmente estos programas gratuitos, junto con sus manuales pueden descargarse visitando la página web del Ministerio de Industria, Energía y Turismo www.minetur.gob.es/energia/desarrollo/EficienciaEnergetica/CertificacionEnergetica/DocumentosReconocidos/Paginas/documentosreconocidos.aspx

Ambos procedimientos permiten la certificación energética de edificios existentes de uso residencial, pequeño terciario y edificios de gran terciario, estableciendo un grado de eficiencia energética basado en las emisiones de CO2 derivadas de los consumos asociados a las necesidades de calefacción, refrigeración, calentamiento de agua, ventilación e iluminación.

Además, el IDAE está desarrollando un Plan de Formación que en su primera fase comprende la realización de cursos dirigidos a los técnicos certificadores, para adiestrarlos en el manejo de estos programas informáticos CE3 y CE3X.

El IDAE también se encargará de informar a los vendedores, compradores y usuarios de viviendas y edificios en general sobre las nuevas obligaciones a las que tienen que hacer frente.

EDIFICIOS DE CONSUMO CASI NULO. 

A partir del 31 de diciembre de 2020 todos los edificios nuevos construidos serán de consumo de energía casi nulo. Para ello se publicarán los requisitos mínimos que deberán satisfacer esos edificios en el Código Técnico de la Edificación.

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