El presente Acuerdo ha sido elaborado por la Consejería de Medio Ambiente; se ha informado por el Comité de Acciones para el Desarrollo Sostenible, el Consejo Andaluz de Medio Ambiente y el Consejo Andaluz de Biodiversidad; y se ha sometido a los trámites de audiencia a los interesados y de consulta de los intereses sociales e institucionales implicados, incluidas las Corporaciones Locales y las asociaciones que persiguen el logro de los principios establecidos en el artículo 2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.
Se aprueban los siguientes planes:
- Plan de recuperación y conservación de especies de altas cumbres de Andalucía;
- Plan de recuperación y conservación de especies de dunas, arenales y acantilados costeros;
- Plan de recuperación y conservación de aves de humedales;
- Plan de recuperación y conservación de helechos;
- Plan de recuperación y conservación de peces e invertebrados de medios acuáticos epicontinentales,
Todos los planes figuran como anexos I a V del Acuerdo de 13 de marzo de 2012.