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Capacitación necesaria para realizar tratamientos en instalaciones con riesgo de Legionella.

Capacitación necesaria para realizar tratamientos en instalaciones con riesgo de Legionella. 640 418 Prisma

Desde la modificación introducida por el Real Decreto 830/2010 sobre la capacitación del personal que realiza tratamientos con biocidas, existe bastante confusión sobre la formación que debe tener el personal que realiza estas tareas.. Explicaremos en qué estado se encuentra actualmente, pero podemos resumirlo en que, por ahora, siguen siendo válidos los cursos de capacitación exigidos por la Orden 317/2003.. Las posibles figuras de aplicador y personal propio de la instalación son parte de un proyecto normativo de modificación del Real Decreto 865/2003, no se asegura su final incorporación al ordenamiento jurídico español.

Responsable técnico

En el año 2010 se publicó el Real Decreto 830/2010 que contempla determinados aspectos para las empresas con tratamientos de legionella, entre otros, introduce la figura del «responsable técnico», este será la persona responsable del diagnóstico de situación, de la planificación, realización y evaluación de los tratamientos, así como de supervisar los posibles riesgos de los mismos y definir las medidas necesarias a adoptar de protección personal y del medio. Asimismo, será responsable de definir las condiciones en las que se deberá realizar la aplicación, y de firmar el certificado del servicio realizado.

Las empresas que realicen tratamientos con biocidas deben designar a una persona como «responsable técnico»,  acreditado con la posesión del certificado de profesionalidad, títulos de formación profesional o curso de especialización de formación profesional, antes del 18 de septiembre de 2015 (según la ampliación del plazo indicado, por Real Decreto 624/2013, de 2 de agosto).

Hasta la publicación del Real Decreto 830/2010, sólo se exigía un curso de formación según la Orden 317/2003, este curso se debía renovar cada 5 años y no hacía ningún tipo de diferenciación en función de las operaciones que se realizaban.

La realidad actual es que se continúa con la situación anterior hasta el 18 de septiembre de 2015, el personal encargado del Mantenimiento debe disponer de Certificados de Aprovechamiento (Orden 317/2003) y Certificado de actualización, en su caso.

Figuras en el tratamiento de Legionella

En un futuro lo que parece que se busca es que existan tres figuras para este tratamiento: el responsable técnico (nivel 3), el aplicador (nivel 2) y personal propio. Se está trabajando en la ampliación del ámbito del RD 830/2010 a los aplicadores de productos contra legionella, incluso está definida la formación del aplicador (Mantenimiento higiénico-sanitario de instalaciones susceptibles de proliferación de microorganismos nocivos y su diseminación por aerosolización – Nivel 2) pero no hay ninguna normativa que lo exija expresamente.

Por ahora todo el personal que realice tratamientos con legionella precisa del mismo curso de formación, independientemente de que sus funciones sean de aplicación de biocidas o simplemente de control de temperaturas, niveles, pH,… de ahí que se busque separar las figuras en tres: responsable técnico, aplicador y personal propio, para adecuarlo a las tareas que cada uno puede realizar.

En el futuro se espera que cada figura disponga de la siguiente formación:

  • Responsables técnicos: Título FP / Certificado Profesionalidad que acrediten las unidades de competencias de la Cualificación Profesional «Gestión de Servicios para el Control de Organismos Nocivos» Nivel 3″ Otros: Títulos Universitario «afines» / TESA
  • Aplicadores (Previsible): Título FP / Certificado Profesionalidad que acrediten las unidades de competencias de la Cualificación Profesional «Mantenimiento H-S de Instalaciones susceptibles de proliferación de microorganismos nocivos y su diseminación por aerosolización- Nivel 2».
  • Personal propio de la instalación (Previsible):que participe en operaciones diarias básicas de limpieza y mantenimiento H-S de instalaciones (medición de temperaturas, nivel de biocida y pH): Curso de 10 horas.

Resumen de formaciones: Cualificación profesional:

En función de los niveles se determinan las cualificaciones:

  • Nivel 3: Capacita para realizar las operaciones necesarias para la gestión de los procesos de control de organismos nocivos, partiendo del diagnóstico de la situación inicial y certificando los procesos y los tratamientos. (Formación asociada: 510 horas)
  • Nivel 2: Capacita para realizar operaciones de limpieza, desinfección y revisión de instalaciones que utilicen agua en su funcionamiento, produzcan aerosoles y los dispersen al ambiente, bajo la supervisión del técnico responsable, en la prevención y control de microorganismos nocivos, colaborando en la gestión de la prevención de riesgos en su área profesional. (Formación asociada: 330 horas).

Real Decreto 624/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen ocho certificados de profesionalidad de la familia profesional Seguridad y medioambiente que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos como anexo I del Real Decreto 1377/2009, de 28 de agosto, y como anexos I y II del Real decreto 1536/2011, de 31 de octubre.

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