El siguiente documento recoge un resumen no oficial de las modificaciones del ADR 2017. Estas modificaciones están en vigor desde el 1 de enero de 2017, aunque no serán de obligado cumplimiento hasta el 1 de julio de 2017.
El Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR) rige en España desde el año 1972. Está suscrito por la mayoría de países europeos, además de algunos países asiáticos y del norte de África.
El acuerdo tiene como objetivo la regulación del embalaje, el transporte, la documentación y otros aspectos del transporte de mercancías peligrosas por carretera. Incluye también las operaciones de carga, descarga y almacenaje.
Esta normativa debe tenerse en cuenta, tanto desde el punto de vista de sistemas de gestión ambiental como de prevención de riesgos laborales, ya que de tener un lugar un accidente de este tipo, afectaría tanto al medio ambiente como a los propios trabajadores.
Este acuerdo se revisa cada dos años. Actualmente se encuentra en vigor el ADR 2015 (publicado en el BOE Nº 91 del 16-4-2015) y el ADR 2017, aún pendiente de su publicación en el BOE. Hasta julio será posible aplicar el ADR 2015, momento en el que se exigirá la aplicación del ADR 2017.
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