Decreto Legislativo 1/2014, de 23 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de Tributos Propios. (BOPA nº 175 del 29/07/2014).
Este texto refundido tiene por objeto reunir en una única norma las disposiciones legales vigentes en materia de tributos propios del Principado de Asturias, entre los que cabe destacar los siguientes:
- El impuesto sobre grandes establecimientos comerciales. Este impuesto grava la singular capacidad económica que concurre en determinados establecimientos comerciales como consecuencia de estar implantados como grandes superficies, en la medida en que esta circunstancia contribuye de una manera decisiva a tener una posición dominante en el sector y genera externalidades negativas en el territorio y el medio ambiente, cuyo coste no asumen.
- El impuesto sobre el desarrollo de determinadas actividades que inciden en el medio ambiente. Se trata de un impuesto de carácter directo y extrafiscal, que grava la incidencia, alteración o riesgo de deterioro que sobre el medio ambiente ocasiona la realización de actividades de transporte o distribución de energía eléctrica así como de telefonía y telemática efectuadas por los elementos fijos del suministro de energía eléctrica o de las redes de comunicaciones, con el fin de contribuir a compensar a la sociedad el coste que soporta.
- El impuesto sobre las afecciones ambientales del uso del agua, impuesto que presenta un marcado carácter extrafiscal que tiene como finalidad incentivar el uso racional y eficiente del agua y obtener recursos con los que preservar, proteger, mejorar y restaurar el medio hídrico.
Queda derogada la Ley del Principado de Asturias 1/2014, de 14 de abril, del Impuesto sobre las Afecciones Ambientales del Uso del Agua.
El presente decreto legislativo entrará en vigor el día 1 de enero de 2015.