La Orden de la Consellería de Hacienda de 27 de enero de 2014 por la que se aprueban las normas de aplicación del canon eólico aprueba, en el anexo III, el modelo en formato electrónico de autoliquidación del canon eólico (modelo 012).
Siendo preciso, a efectos técnicos, separar del bloque de liquidación del modelo 012 para la autoliquidación del canon eólico los bloques referentes al ingreso o a la solicitud de devolución, se procede a su modificación.
Por otra parte, el acceso a la oficina virtual tributaria (OVT) por parte de los usuarios autorizados puede realizarse con acceso total (el usuario concreto persona física accede a todas las operaciones realizadas por el usuario autorizado con independencia del usuario concreto persona física que hubiera realizado la operación) o con acceso parcial (el usuario concreto persona física accede tan solo a las operaciones realizadas por él por el usuario autorizado). Actualmente, en las fichas de usuario aprobadas para la utilización de las aplicaciones informáticas de la oficina virtual tributaria para el cumplimiento de las obligaciones tributarias del canon eólico no está reflejada esta utilidad, por lo que es necesario añadirla.
Se introducen modificaciones en la Orden de la Consellería de Hacienda de 27 de enero de 2014 por la que se aprueban las normas de aplicación del canon eólico:
A) Se sustituye la ficha de usuario contenida en el anexo I de la orden por la que figura en el anexo I de esta resolución.
B) Se sustituye el modelo en formato electrónico de autoliquidación del canon eólico (modelo 012) contenido en el anexo III por el modelo que figura en el anexo II de esta resolución.