La presente orden tiene por objeto:
Aprobar los criterios técnicos para el cálculo de seguros y garantías financieras para los productores de residuos peligrosos, gestores de residuos peligrosos y centros de tratamiento de vehículos al final de su vida útil.
Aprobar los criterios técnicos para el cálculo de seguros y garantías financieras para los productores de residuos peligrosos, gestores de residuos peligrosos y centros de tratamiento de vehículos al final de su vida útil.
Regular el procedimiento de devolución de las garantías financieras que hubieran sido ya depositadas por los titulares de autorizaciones de actividades de gestión de residuos no peligrosos, y que no resulten exigibles actualmente de acuerdo con el marco normativo aplicable.
Quedan excluidas del ámbito de aplicación de la presente orden las autorizaciones relativas a la instalación de vertederos de residuos y a su gestión que se regirán, en todo caso, por su normativa específica.