El País Vasco otorga a Ingenieros Asesores una ampliación en varios ámbitos de actuación como Entidad de Validación y de Control Ambiental dentro de esta comunidad.
El Dpto. de Control Ambiental ha conseguido la autorización del Gobierno Vasco como Entidad de Validación y de Control Ambiental para poder realizar trabajos en todos los ámbitos que figuran reseñados a continuación:
NIVEL I DE ACTUACIÓN
ALCANCE SEGÚN ARTICULO 7 DEL DECRETO
7.1.1. Solicitud de AAI
7.2.1. Evaluación de impacto ambiental de proyectos
7.2.2. Evaluación ambiental estratégica
7.3.1.1. Solicitud autorización de gestor RP y RNP
7.3.1.2. Renovaciones de autorización de gestor RP y RNP
7.3.1.3. Puesta en marcha autorizaciones de gestor RP y RNP
7.3.2. Regimen de comunicación en gestión de RP y RNP
7.3.3. Régimen de comunicación en la producción de RP y RNP
7.3.4. Régimen de comunicación de sistemas individuales de responsabilidad ampliada del productor del producto que se convierte en residuo
7.3.5.1 Regimen de autorización de sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor del producto que se convierte en residuo
7.3.5.2. Puesta en marcha autorizaciones 3.5.1
7.6. Autorización emisión gases efecto invernadero
7.8. Registro estatal de emisiones y fuentes contaminantes
ALCANCE SEGÚN ARTICULO 8 DEL DECRETO
8.2.a. Verificaciones de diagnostico y cumplimiento normativo a instancias del Organismo competente
NIVEL II DE ACTUACION
ALCANCE SEGÚN ARTICULO 7 DEL DECRETO
7.1.2. Controles durante el ejercicio de actividad en AAI
7.3.1.4. Controles durante el ejercicio de la la actividad en materia de residuos
7.3.5.3. Controles durante el ejercicio de la actividad de autorizaciones 3.5.1
7.4.1. Autorización actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera
7.4.2. Notificación de actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera
7.5.1 Autorización de vertidos para aguas residuales
7.5.2 Autorización de vertidos para aguas continentales
7.5.3 Autorización de vertidos para aguas estuáricas y marinas
7.5.4 Autorización de vertidos para sedimentos
7.5.5 Autorización de vertidos para biota
ALCANCE SEGÚN ARTICULO 8 DEL DECRETO
8.1. Ruido
8.2.b. Controles a instancias del Organismo competente
OTROS
DECRETO 199/2006 SUELOS CONTAMINADOS
Entidades acreditadas de investigación y recuperación de la calidad del suelo.