La Ley 22/1983, de 21 de noviembre, de protección del ambiente atmosférico, establece que el Gobierno debe declarar una zona determinada como zona de protección especial si se constata que este sector del territorio rebasa los niveles de situación admisible con respecto a calidad del aire. Los artículos 24 y 25 del Real decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire, establece que, en aquellas zonas y aglomeraciones del territorio donde se superan o haya riesgo de superación de los valores límites de calidad del aire, las comunidades autónomas deben adoptar planes de actuación que permitan restablecer los niveles de calidad del aire.
Los niveles de calidad del aire para el dióxido de nitrógeno evaluados en determinados municipios de las comarcas de El Baix Llobregat, de El Vallès Occidental y El Vallès Oriental son superiores a los niveles admisibles que fija la normativa vigente, con un riesgo de afectación a la salud humana y el medio ambiente.
La Generalidad de Cataluña, en ejercicio de las competencias asumidas en materia de protección del ambiente atmosférico, debe velar por la restauración de la calidad del aire y hacer uso de los instrumentos y los mecanismos que le otorga la normativa vigente, con la participación de los entes locales. Es por eso que, de conformidad con el artículo 10.1.a) de la Ley 22/1983, de 21 de noviembre, de protección del ambiente atmosférico, y habiendo iniciado y tramitado el expediente correspondiente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 26 y 27 del Decreto 322/1987, de 23 de septiembre, de despliegue de la Ley 22/1983, mediante este acuerdo se declara una zona de protección especial por el dióxido de nitrógeno y los ámbitos territoriales afectados.
Por todo eso, a propuesta del consejero de Territorio y Sostenibilidad, el Gobierno se declaran como zona de protección especial del ambiente atmosférico, por el contaminante dióxido de nitrógeno, los municipios de las comarcas de: El Baix Llobregat, de El Vallès Occidental y de El Vallès Oriental siguientes:
- Baix Llobregat: Martorell, Papiol, El Pallejà, Sant Andreu de la Barca,
- Vallès Occidental: Badia del Vallès, Barberà del Vallès, Castellbisbal, Cerdanyola del Vallès, Montcada i Reixac, Ripollet, Rubí, Sabadell, Sant Cugat del Vallès, Sant Quirze del Vallès, Santa Perpètua de Mogoda, Terrassa.
- Vallès Oriental: Granollers, La Llagosta, Martorelles, Mollet del Vallès, Montmeló, Montornès del Vallès, Parets del Vallès, Sant Fost de Campsentelles.