Se crea en Extremadura el registro autonómico de planes de autoprotección

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Esta norma crea el Registro de Planes de Autoprotección en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que quedará adscrito a la Dirección General con competencias en materia de protección civil.

El Registro Autonómico de Planes de Autoprotección tiene por objeto la inscripción de los Planes de Autoprotección de los centros, establecimientos, espacios, instalaciones y dependencias existentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura, dedicados a alguna de las actividades enumeradas en el Anexo I de la Norma Básica de Autoprotección que puedan dar origen a alguna de las situaciones de emergencia.

El Plan de Autoprotección deberá ser elaborado y firmado por un técnico competente capacitado para dictaminar sobre aquellos aspectos relacionados con la autoprotección frente a los riesgos a los que está sujeta la actividad. Asimismo, deberá ser suscrito por el titular de la actividad.

El contenido mínimo del Plan será el establecido en el Anexo II del Real Decreto 393/2007 y el Técnico redactor del mismo deberá certificar que cumple en todos sus términos.

Los titulares de los establecimientos de las actividades indicadas en el Anexo I «Catalogo de actividades» de la Norma Básica de Autoprotección deberán solicitar la inscripción en el Registro Autonómico de la Comunidad Autónoma de Extremadura de Planes de Autoprotección, con carácter previo al inicio de la misma, mediante la solicitud dirigida a la Dirección General con competencias en materia de protección civil en modelo oficial que aparece en el Anexo de este Decreto, debidamente cumplimentada en todos sus apartados, y firmada y sellada por el responsable del establecimiento, incluyendo los datos relacionados en el artículo 5 del presente Decreto, con los planos indicados en el mismo y acompañada del Plan completo en soporte informático con la reglamentación que le sea de aplicación.

Cualquier modificación que se produzca de los datos que figuran registrados deberá ser notificada al Registro mediante solicitud de modificación de datos, presentando modelo oficial que aparece en el Anexo del presente Decreto, debidamente cumplimentada en los datos a modificar en el Registro, firmada y sellada por el responsable del establecimiento.

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